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21 de diciembre 2024
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Capítulo III

Del Proceso Electoral

Artículo 38.

Con la finalidad de vivir en y para la democracia, los miembros del Comité Ejecutivo General serán electos mediante planilla debiendo estar representada por miembros de las tres Secciones en la integración de dichas planillas.

Artículo 39.

El año en que corresponda renovar Cuadros Directivos, el Comité Ejecutivo General emitirá una Convocatoria la primera semana de junio, para que los Comités Seccionales, en un plazo no mayor de diez días, realicen una Asamblea Seccional Extraordinaria para que elijan de entre sus miembros, a dos personas que integrarán la Comisión Electoral, las cuales deberán ser electas por mayoría de votos; dando aviso al Comité Ejecutivo General del resultado de las mismas al día siguiente de realizadas; el cual, al siguiente día hábil de tener conocimiento de las designaciones, los convocará para la Toma de Protesta reglamentaria, debiendo estar presentes los Órganos Representativos del Sindicato.
(Estatuto en vigor)

 
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