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Boletín N°. 1771 México ocupó en 2003 el último lugar en recaudación fiscal, según la OCDE

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• Ante esta situación, diputados priístas proponen cambios a la Ley del IVA

De acuerdo con un estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), durante el 2003 México logró un incremento en sus niveles de recaudación, ya que los ingresos fiscales en proporción del Producto Interno Bruto se ubicaron en 19.5 por ciento.

Pero pese al avance, México se mantuvo en último lugar en el nivel de recaudación respecto del PIB, ya que tan sólo el promedio sobre este indicador en los países que integran la OCDE se ubicó en 36.3 por ciento.

Por esta situación los diputados priístas Francisco Luis Monárrez Rincón, Laura Reyes Retana Ramos, Francisco Astiazarán Gutiérrez y Juan Pérez Góngora proponen una iniciativa que reforma y adiciona los artículos 41 y 44 de la Ley del impuesto al valor agregado.

El documento contiene datos que coinciden con la OCDE, ya que ubica a México como uno de los países con más bajos niveles de recaudación fiscal en el mundo, tanto en relación al tamaño de su economía, como en función a su nivel de desarrollo, situación que fomenta el atraso social y obstruye el progreso económico.

Además, se expresa la inquietud por la reducida captación de recursos fiscales por parte de los gobiernos estatales y municipales, para promover el desarrollo humano de los mexicanos, así como incentivar mayor competitividad de la economía en el contexto mundial.

Ante tal escenario, la iniciativa propone sentar la base jurídica para que las entidades federativas que así lo deseen accedan a la posibilidad de establecer en sus respectivos territorios un Impuesto Estatal a las Ventas y Servicios al Público.

Este impuesto tendría efecto sobre las ventas de bienes y servicios destinados al consumo final, gravaría una sola fase y sentaría una tasa mínima del tres por ciento de las contraprestaciones efectivamente percibidas por quienes enajenen mercancías, presten servicio al público u otorguen el uso o goce temporal de bienes muebles, sin incluir en la base del gravamen propuesto al IVA.

Se propone que el cobro que se contempla en esta iniciativa recaiga sobre la totalidad de bienes y servicios que se transfiera al consumidor, incluyendo aquellos que actualmente están exentos o tienen tasa cero en lo correspondiente al IVA.
Se exceptúan del objeto del impuesto las mercancías y actividades que guardan reserva constitucional, las que constituyen formas de ahorro o medios de inversión, los bienes destinados a la exportación o que se aprovechen en el extranjero, los servicios de construcción de inmuebles, así como los proporcionados a miembros de diferentes tipos de asociaciones como contraprestación normal por sus cuotas.
El Impuesto no atentaría contra los beneficios derivados de la Coordinación Fiscal ni beneficiaría a unas entidades en detrimento de otras, como tampoco afectaría la recaudación fiscal federal, por lo que no se proponen paralelamente incrementos a gravámenes federales, además de que constituiría un nuevo instrumento para el control de la evasión fiscal.
De igual forma permitiría que los estados y el Distrito Federal dispongan de un impuesto de base amplia, con mayor potencial recaudatorio que cualquier otro gravamen local disponible actualmente para las entidades.

Asimismo, daría a las entidades federativas que así lo acepten disponibilidad sustancialmente mayor de ingresos propios, decisión que correspondería exclusivamente a los Congresos Estatales y a la Sociedad.

 
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