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Boletín N°. 2431 Podrá Hacienda auditar a personas no inscritas en el RFC para detectar evasores y aumentar contribuyentes

• Aprueban en comisión reformas al Código Fiscal de la Federación

La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad las reformas al Código Fiscal de la Federación, que otorga facultades a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para auditar a todas las personas no inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), detectar casos de evasión fiscal y ampliar la base tributaria.

En reunión de la citada comisión, su presidente Gustavo Madero Muñoz aseguró que en el dictamen – que se discutirá en el Pleno en la sesión del próximo martes— se establecen de manera clara los procedimientos para que con la nueva plataforma tecnológica en modernización de sistemas de cómputo, software y base de datos, se pueda ampliar la recaudación de manera sustancial.

Explicó que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) podrá acudir al domicilio del contribuyente que actúe con dolo o no incorpore información sobre su domicilio fiscal, además se le otorgan mayores herramientas para que realice de mejor manera su trabajo.

Dentro de las modalidades de esta nueva legislación, el diputado aseguró que ya no se requerirá la Cédula Fiscal para la emisión de comprobantes y se permitirá que los estados de cuenta sean reconocidos como documentación fiscal sólo si cuentan con el RFC.

Uno de los temas controvertidos en esta ley, dijo, fue la independencia de los contadores y de planeación fiscal, en este último caso se acotó para que no sea el mismo despacho quien realice labores de juez y parte.

La diputada Diana Bernal Ladrón de Guevara (PRD) aseguró que el Código Fiscal es una Ley importante que reforma a más de 70 artículos y con la que se espera tener una recaudación --el primer año— de más del 10 por ciento.

Permitirá, dijo, realizar auditorías a las personas que no están dadas de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y visitas domiciliarias para revisar sus adquisiciones en bienes muebles e inmuebles y depósitos bancarios, a efecto de determinar impuestos si no demuestran que sus ingresos tienen un origen diverso al que señalan las leyes fiscales.

Lo anterior, aclaró, para ampliar la base gravable y que la economía informal pueda tributar, no para legalizar el comercio informal, ya que cualquier persona que tenga ingresos –de manera formal e informal-- está obligada a pagar impuestos.

Para ello, precisó, se establecen facultades a Hacienda para revisar a una persona que no tribute y tenga “signos visibles de riqueza” y depósitos bancarios o haya falsificado datos, a efecto de determinar si hubo evasión fiscal.

Otra medida, dijo, es la prohibición de transacciones fiscales “agresivas” para que los asesores fiscales que ofrecen a los contribuyentes no pagar impuestos, reducirlos o evitarlos, no puedan dictaminar estados financieros y sólo brinden servicio de asesoría.

Respecto de la independencia de los contadores, Bernal Ladrón de Guevara dijo que queda subsanada la diferencia porque, por una parte, no se prohíbe que quien audite asesore, pero sí que cuando sea asesoría fiscal “agresiva” no pueda dictaminar, sino que lo realice un tercero.

Destacó la propuesta sobre el Registro Federal de Contribuyentes ligth, para que cuenten con una Cédula de Identificación Fiscal quienes no tienen obligaciones fiscales, lo cual permitirá al Sistema de Administración Tributaria (SAT) detectar a contribuyentes potenciales.

En el caso de quienes pagan impuestos, precisó, se establece que “serán de buena fe sus actuaciones” y se les otorgan una serie de derechos como la simplificación de comprobantes y que en lugar de 159 trámites que realizan ante las autoridades se reduzcan a cinco.

El objeto de las reformas propuestas en materia del Código Fiscal de la Federación es combatir la evasión y ampliar la base de contribuyentes.

Se mejora el procedimiento para la recepción, control y administración de los bienes adjudicados a favor del fisco, se modifica la propuesta del Ejecutivo para incorporar el principio del fondo sobre la forma, dejándolo a consideración de la autoridad responsable y además se faculta al SAT para mantener actualizado el Registro Federal de Contribuyentes.

Para lograr una mayor rapidez en las notificaciones se propone que éstas surtan sus efectos al día hábil siguiente en que son practicadas y que sólo se realicen en los casos de fallecimiento del contribuyente cuando no se conozca al representante de la sucesión.

En el dictamen aprobado por la Comisión se establece como una medida para eliminar el fraude y la evasión, y que las operaciones que pretenden deducir los contribuyentes puedan vincularse con erogaciones reales y verificables; se propone que la evidencia documental del pago de las mismas sea a través del sistema financiero.

Lo anterior simplifica las operaciones y permite que el estado de cuenta sea comprobante de las operaciones realizadas, ya que se conocerá y determinará la situación fiscal de los contribuyentes, incluso, cuando las mismas no se hubieran registrado.

Se incorpora la obligación para la autoridad de dar a conocer en forma periódica los criterios de interpretación de las disposiciones fiscales y aduaneras que son lesivas a los intereses de la hacienda pública.

Por último, se establece que el contribuyente podrá, mediante acceso a la página de Internet del SAT, verificar la autenticidad del documento impreso y firmado electrónicamente como la identidad del funcionario que emitió y suscribió el acto.

 
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