Elude la Corte considerar otros ordenamientos supletorios para los recursos de reclamación de la Cámara de Diputados
Al rechazar la Suprema Corte de Justicia de la Nación los recursos de reclamación interpuestos por la Cámara de Diputados en contra de la determinación del Ministro instructor que desechó los incidentes de nulidad, argumentando que estos no se encuentran previstos en la Ley Reglamentaria del Artículo 105 Constitucional, el Máximo Tribunal eludió aceptar si lo están en otros ordenamientos que debieron considerarse supletoriamente.
Luego de que el presidente de la Mesa Directiva, diputado Manlio Fabio Beltrones, hiciera la declaratoria inaugural de los trabajos del periodo ordinario de sesiones que inicia este día y concluye el 30 de abril, se dio a conocer a través de la Gaceta Parlamentaria, el informe de las acciones jurídicas que este órgano legislativo llevó a cabo ante la Corte respecto de la controversia constitucional interpuesta por el Ejecutivo Federal.
En el documento, la Cámara de Diputados reitera su disposición de acatar las normas jurídicas y las resoluciones de la SCJN, pero exige un apego estricto al derecho a las instancias que intervienen en la controversia constitucional sobre el Presupuesto de Egresos de la Federación para este año.
La Presidencia expresa su responsabilidad jurídica de defender por las vías legales a su alcance, las leyes, decretos o resoluciones que apruebe el pleno, independientemente de que sean aprobados por unanimidad o mayoría. Por tanto, se establece que como representante legal no puede obviar ningún recurso a su alcance, por lo que interpondrá los medios de defensa y acciones jurídicas necesarios para que lo aprobado por esta soberanía sea declarado legal.
La Cámara de Diputados refrenda su disposición de defender el orden constitucional que en el mandato y las atribuciones de la misma se manifiesta. Expresa además que lo importante de la resolución final de la Corte es que el diferendo legal y la sentencia que se dicte permita esclarecer el antiguo dilema del derecho constitución y ponga punto final al debate sobre si el Ejecutivo puede o no realizar observaciones al Presupuesto de Egresos, señala la Gaceta.
En una síntesis de la situación jurídica de la controversia constitucional, la Mesa Directiva enfatiza las irregularidades en que se incurrió al admitir la demanda de controversia constitucional y destaca que los recursos presentados hace más de 30 días contra la admisión de la demanda, siguen sin resolverse.
Se reitera que las resoluciones de admisión de la demanda y de suspensión obsequiada, así como otros acuerdos emitidos por la Comisión de Recesos estuvieron indebidamente fundados y, por tanto, son violatorios de diversas disposiciones de la Constitución.
Indica el documento que en derecho, la Cámara de Diputados no dejó de interponer ninguno de los recursos que la ley le otorga para su defensa, por lo que el 14 enero presentó una partida doble de recurso de reclamación en contra de la resolución del Ministro instructor que desechó los incidentes de nulidad.
Se explica que al otorgar a la Comisión de Ministros de Recesos de la Corte facultades jurisdiccionales, se vulnera la calidad y fundamentación del proceso y los principios de seguridad jurídica, al haber asumido de hecho el Pleno de ese alto Tribunal, funciones legislativas.
Además, dicho acuerdo afectará también los derechos procesales de cualquier ciudadano que ahora o en el futuro participe en asuntos de los que conozca la mencionada comisión, al sujetarlo a disposiciones que difieren y contraponen normas expresas y específicas de las leyes Orgánica del Poder Judicial y Reglamentaria de las fracciones I y II del Artículo 105 Constitucional, pudiendo colocarlo en estado de indefensión.
Finalmente, este órgano legislativo hizo votos porque la Corte reconsidere y reponga las actuaciones basadas en el acuerdo 12/2004, corrigiendo lo que se contrapone a las disposiciones expresas de las leyes aplicables.
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