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Boletín N°. 1562 Se plantea regular conductas de los servidores públicos federales; habría modificaciones a la Ley de Responsabilidades

Existirían dos subcomisiones en la Cámara de Diputados: una de juicio político y otra de juicio de procedencia

Con la intención de realizar cambios jurídicos que tienen que ver con la funcionalidad de la Comisión Jurisdiccional y la creación de dos subcomisiones para el desempeño de las labores encomendadas a ella, el diputado Sergio Vázquez García (PAN), presentó iniciativa que modifica la Ley de Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso.

La propuesta del diputado contempla dos nuevas subcomisiones: una de ellas estará destinada especialmente a la sustentación de los juicios políticos y la otra a los juicios de procedencia, a fin de que las responsabilidades de los funcionarios públicos estén delimitadas por el orden jurídico, que reconozca sus derechos y obligaciones.

El diputado Vázquez García agregó que es necesario establecer los derechos laborales, de seguridad social y contar con un cuadro normativo que haga efectiva cualquier irresponsabilidad de todo servidor público, pues tiene que existir siempre la estructura legal que permita exigirle a éste su falta de compromiso con la sociedad y el quebrantamiento ineludible a toda la pirámide jurídica.
Mencionó que esta reforma legal tiene que salvaguardar la esencia de la nación en su conjunto y no solamente algunos grupos o sectores. Añadió que es necesario reconocer las exigencias de la sociedad para que se aplique la justicia cuando se violente el derecho positivo por un particular o un integrante del Poder Público.
Puntualizó que para la aplicación de la ley es necesaria la existencia de un verdadero Estado de Derecho, que sea resultado de normas jurídicas y del esfuerzo concurrente de todos los órganos del Estado.

El legislador señaló que la principal razón de esta propuesta es la falta de coherencia lógica-jurídica en gran parte de su articulado, que ha ocasionado el aumentó de la impunidad entre los funcionarios públicos irresponsables que han hecho del cumplimiento de la ley una farsa.

Recalcó que la regulación a las sanciones de las conductas humanas, tienen que ser el resultado de un ejercicio de previsión, sustentado en diversos estudios, para lograr el cumplimiento del deber legislativo y “desechando la idea de que las leyes son elaboradas para que sean violadas”.
Vázquez García planteó que las reformas a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos tiene por objetivo la regulación de las conductas de los Servidores Públicos Federales que se consideran inapropiadas y sus correspondientes sanciones.

Asimismo, la aplicación del juicio político contra funcionarios públicos como: senadores, diputados, ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados de circuito, jueces de distrito, secretarios de despacho, jefes de departamento administrativo, así como al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, procurador general de la República, procurador general de Justicia del Distrito Federal, magistrados y Jueces del Fuero Común del Distrito Federal y directores generales o equivalentes de los organismos del sector paraestatal.

Además, a los gobernadores de los estados, diputados, magistrados de los diversos Tribunales Superiores de Justicia que también se comprenden en el juicio político del fuero federal, por violaciones de gravedad a la Carta Magna y a las leyes federales, teniendo sus efectos en la resolución que se dictamine en las Legislaturas de los estados para que procedan conforme a las Constituciones Locales.

También se contempla modificar el juicio de procedencia, el cual está destinado a quitarle la protección constitucional, conocida como fuero, a los servidores públicos que por disposición expresa de la Carta Magna se encuentren investidos con la misma para el desempeño de sus cargos, para que el funcionario que se presuma culpable, quede a disposición del Sistema de Administración de Justicia Penal del país.

El legislador precisó que en lo que atañe al Presidente de la República le corresponde conocer del juicio de procedencia a la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.

Señaló que la iniciativa tiene conceptos jurídicos distintos a los existentes, tales como el cambio de la palabra jurado, por órgano, con el objetivo de utilizar el lenguaje jurídico.

Precisó que se instituyen nuevos elementos del procedimiento de juicio político, en cuanto a las formalidades que debe contener el escrito de denuncia, como establecer las obligaciones de la Secretaría General de la Cámara de Diputados en ese tipo de procesos, cumpliendo con los plazos para realizar los trámites de ley correspondientes.

De igual forma, que el Pleno de la Cámara, a petición del denunciante o cualquier integrante de la comisión jurisdiccional y de responsabilidades, revise la resolución que deseche una denuncia de juicio político; que las pruebas contenidas en la legislación Civil y aplicable al juicio político cumplan con los términos de las etapas procesales; instituir los términos para los alegatos.

Destacó que el Presidente de la Cámara de Diputados tendrá la obligación de citar al pleno y publicar la convocatoria correspondiente en la Gaceta Parlamentaria, junto con la síntesis de las constancias y que se aplique de manera supletoria el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Planteó que es necesario conocer la forma en que se desarrollen las audiencias, donde se impondrá la destitución de un periodo máximo de veinte años en el caso de los juicios políticos, en el que intervendrán la Cámara de Diputados y Senadores, mientras que en los juicios de procedencia sólo participará el Ministerio Público.

El diputado de Acción Nacional resaltó que algo nuevo dentro de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, es la implementación de las causas de excusa para los integrantes de la Comisión Jurisdiccional y de sus Subcomisiones, para que en vía incidental se resuelva lo que en derecho corresponda.

Así como la supletoriedad en el Código Federal de Procedimientos Penales en materia de juicio político para que opere solamente en los casos de juicios de procedencia y en lo que respecta al de tipo político se propone la aplicación del Código Federal de Procedimientos Civiles.

 
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