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Boletín N°. 1681 Se presentó de primera lectura la nueva Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Con 281 votos a favor y 70 en contra, la Cámara de Diputados aceptó la primera lectura del dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que abrogaría la actual Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal.

El documento de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública destaca que el objetivo es proporcionar los incentivos para un mejor desempeño, hacer más transparente la administración de los recursos públicos y establecer normas para una relación más constructiva entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo, así como fortalecer el papel del Congreso de la Unión en la evaluación de los programas y proyectos.

Estipula que las disposiciones presupuestarias de la Ley deberán guardar un adecuado equilibrio entre el control, el costo de fiscalización, la obtención de resultados en los programas y proyectos y la disciplina fiscal, bajo un esquema que promueva la austeridad, honradez, eficiencia, eficacia y transparencia.

Establece que la Ley de Ingresos deberá ser aprobada, a más tardar, el 20 de octubre por la Cámara de Diputados y el 31 de ese mismo mes por el Senado de la República, de tal manera que el Presupuesto de Egresos sea avalado por los representantes populares a más tardar el 15 de noviembre.

Precisa que el Ejecutivo Federal deberá enviar al Congreso de la Unión, a más tardar, el 1 de abril, los principales objetivos para el Presupuesto de Egresos y de la Ley de Ingresos del año siguiente; los escenarios sobre las variables macroeconómicas: crecimiento, inflación, tasa de interés y precio del petróleo; lo relativo al monto total del Presupuesto y su déficit o superávit, así como la enumeración de los programas prioritarios y sus montos.

Las comisiones de Hacienda y Crédito Público, además de la de Presupuesto y Cuenta Pública examinarán dicho documento, en consulta con otras comisiones y darán respuesta, a más tardar, el 30 de abril. En tanto, la SHCP remitirá a esta soberanía, como lapso máximo el 30 de junio, la estructura programática a emplear en el proyecto de Presupuesto de Egresos para que los diputados remitan sus observaciones, antes del 30 de julio.

El dictamen señala que con la experiencia presupuestaria del pasado diciembre de 2004, que ha derivado en la actual controversia constitucional, se busca, con las medidas propuestas, impulsar una mayor coordinación, colaboración y comunicación entre ambos Poderes durante el proceso de integración del Presupuesto, así como de la información que el Congreso requiere para su estudio.

Entre los principales temas que esta ley busca regular más eficientemente se encuentra la aplicación de los ingresos excedentes de cada ejercicio; la transparencia en el ejercicio del gasto; contabilidad gubernamental; reducción del gasto corriente improductivo del Gobierno Federal, y autonomía presupuestaria.

Destaca que como avance de la transparencia en el uso de términos esenciales de las finanzas públicas, se propone establecer con claridad su significado para dar certidumbre a su administración y disminuir su aplicación discrecional, lo cual evitará confusiones como la generada en el caso de los subejercicios.

Se establece que el Presupuesto deberá contribuir al equilibrio, por lo que se contemplará un déficit sólo cuando las condiciones económicas y sociales lo requieran en cuyo caso deberá ser justificado y razonado al presentarse la propuesta al Congreso y las acciones para eliminarlo.

Igualmente, con el objetivo de disminuir la discrecionalidad del Ejecutivo respecto del uso de excedentes de ingresos y de los recortes al gasto público, se establece una regulación clara y precisa respecto de los criterios y acciones a seguir cuando se presente cualquiera de los dos casos.

Destaca el documento que la nueva realidad económica y política de México obliga a revisar el diseño del presupuesto público y emprender una reforma, que a diferencia de las anteriores, no sólo se concentre en el control del gasto como fin último, sino en el establecimiento de normas que mejoren la capacitación de ingresos y su asignación de acuerdo a los planes y programas establecidos.

 
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