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Boletín N°. 2167 Proponen legislar sobre pensión alimentaria y prueba pericial en genética para comprobar la paternidad

Es necesario legislar sobre la protección de los derechos a la familia, en lo referente a la pensión alimentaria y respecto a la naturaleza de la prueba pericial en genética para comprobar la paternidad, porque los temas son torales en el tratamiento de una de las cuestiones menos explorados en el derecho constitucional mexicano, señaló la Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Olga Sánchez Cordero.

Durante la reunión de trabajo con la Comisión de Equidad y Género, Sánchez Cordero, habló de El marco jurídico de la pensión alimenticia y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación acerca de la prueba de ADN. “Es importante conocer las decisiones de la Corte en relación a estos dos temas, por encontrarse inscritos en el marco de un esfuerzo que esta institución ha realizado para adecuar la jurisprudencia a las necesidades y tendencias de esta nueva era”.

Precisó que en esta nueva etapa los menores y las mujeres comienzan a tener relevancia dentro de un sistema jurídico que debe protegerlos; un sistema constitucional que debe cumplir con la finalidad esencial de tutelar los derechos de ciertos grupos, que como la familia requieren especial atención de la ciencia jurídica.

La ministra manifestó que es obligación del Estado garantizar la protección de la familia. “El Estado debe ser coadyuvante facilitador de derechos como la educación, el desarrollo integral o la salud, que están elevados a rango constitucional”.

Por su parte, la presidente de la Comisión de Equidad y Género, diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI), señaló que hay rezagos en legislación sobre la prueba de ADN porque este examen pericial genético sin restricción, no está regulado en los ordenamientos jurídicos, aunado a los avances científicos y tecnológicos, y mientras estos adelantos no estén dentro de la ley, seguirán sujetos a eventualidades.

La diputada Martha Lucía Micher Camarena (PRD), secretaria de la comisión, señaló que el tema de la pensión alimentaria afecta los derechos humanos, “de las mujeres, de muchas familias y de los menores de edad que están en vulnerabilidad”. Manifestó que cuando se tome la decisión de que la sentencia sea una medida provisional, no se suspenda en caso de alguna situación que emita el deudor, “esto es fundamental porque no se suspende el pago de la pensión alimenticia”.

 
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