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Boletín N°. 0546 Reglamentan el trabajo de la Comisión Permanente para eficientar el quehacer parlamentario

A fin de hacer eficiente el trabajo de la Comisión Permanente, sus integrantes aprobaron el acuerdo que establece los lineamientos para el ejercicio de sus facultades y deberes constitucionales; así como para sistematizar, interpretar y ampliar la normatividad vigente.

El acuerdo surge debido a que la regulación relativa a la Comisión Permanente presenta vacíos que pueden llenarse utilizando métodos jurídicos y revisando las normas que rigen la organización y funcionamiento de las cámaras de Diputados y Senadores.

Sobre esta base, los legisladores decretaron los lineamientos que regularán el trabajo de la Comisión Permanente durante el receso del primer año de ejercicio de la LX Legislatura.

Entre las normas del acuerdo están las relativas a la celebración de las sesiones. Serán una vez por semana los miércoles o el día que cite el presidente de la Mesa Directiva; iniciarán a las 11 de la mañana y durarán hasta cuatro horas. La asamblea podrá acordar que se amplíe el tiempo cuando existan asuntos de especial interés.

Para pactar la formulación, integración y desahogo del orden del día, la Mesa Directiva sostendrá reunión previa al día de la sesión a las 9:30 horas. Considerará propuestas de los representantes de los grupos parlamentarios, dictámenes que le turnen las comisiones de trabajo y asuntos que reciba de los otros dos poderes de la Unión.

Respecto de las proposiciones con punto de acuerdo, podrán presentarse asuntos de orden político, cultural o social que afecten a una comunidad, grupo o partido y cuyos efectos sean de interés general para que la Comisión Permanente, en el ámbito de su competencia, emita algún pronunciamiento, exhorto o recomendación.

En el rubro de agenda política se incorporarán temas de interés general que motiven discusión de los legisladores; estos tópicos deben estar exentos de un trámite posterior, como una proposición con punto de acuerdo.

Los legisladores disponen de hasta diez minutos para presentar iniciativas, hasta cinco para proposiciones. En Agenda Política podrá utilizar hasta diez minutos el promovente y cinco minutos los demás oradores. Estos tiempos podrán reducirse previo acuerdo entre la Mesa Directiva y los grupos parlamentario, a fin de agilizar las tareas de la asamblea.

Para la discusión de una iniciativa podrá hacer uso de la palabra, para fijar posición, un orador por cada grupo parlamentario hasta por diez minutos; las demás reglas serán las que señala el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Dentro del acuerdo se reafirma lo dispuesto por el artículo 212 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, que señala que podrán ingresar al Salón de Sesiones personas que no sean legisladores sólo con permiso del presidente de la Mesa Directiva; éstos deberán identificarse previamente y no podrán portar pancartas u objetos que perturben el orden u obstruyan la visibilidad.

Las personas ajenas a la Comisión Permanente que pueden entrar al Salón de Sesiones serán aquellas que apoyen el trabajo de los legisladores. Cada grupo parlamentario podrá contar con el número de auxiliares que por consenso acuerden sus representantes.

La difusión de los trabajos de la Comisión Permanente se hará a través de la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, en la cual se publicará lo relativo al desarrollo de su labor.

Actualmente la Comisión Permanente se rige por los siguientes artículos: del 116 al 129 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; del 171 al 183 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General; además del 78 constitucional.

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