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Boletín N°. 0610 Piden modificar multas a patrones (favor de utilizar de sábado para domingo)

Con el fin de modificar las sanciones a quienes no paguen a tiempo las cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), cuando se compruebe que existe dolo o flagrancia en el incumplimiento de esta obligación, el diputado Miguel Ángel González Salum (PRI) presentó iniciativa de reforma al artículo 304 de la Ley del Seguro Social.

El documento propone que cuando los patrones y demás sujetos obligados realicen actos u omisiones dolosas, que impliquen el incumplimiento del pago de los conceptos fiscales y por esto el IMSS deje de percibir en tiempo y forma lo que por derecho le corresponde, la multa sería del doble del interés bancario que rija a la fecha que se elabore el pago extemporáneo.

Se señala que la reforma permitiría aminorar la multa que actualmente se paga, para que los patrones que omiten sus obligaciones de seguridad social por la falta de flujo de efectivo puedan financiarse y cumplir con ellas, pagando intereses moratorios no tan onerosos y a su vez los que incumplan dolosamente serían sancionados económica y penalmente.

Los actos y omisiones dolosas se definirían por medio de una verificación o auditoría general que se realizaría al patrón o sujeto obligado, siendo estas la siguientes: pagar incorrectamente sin que el patrón pueda demostrar algún error involuntario; omitir registros de trabajadores para aminorar la carga tributaria o inscribirlos con un salario diferente al señalado en nómina.

Además omitir las modificaciones salariales correspondientes para generar un pago inferior al real;no afiliar a los trabajadores en la totalidad de su periodo laboral; haber obtenido ingresos excedentes después de nóminas e impuestos federales y con estoscubrir otras necesidades particulares antes delas obligaciones de seguridad social.

Asimismo, contar con flujo de efectivo y no cumplir en tiempo con sus obligaciones fiscales; repartir bonos de utilidad o productividad a trabajadores de confianza sin antes cubrir las obligaciones de seguridad social.

El diputado mencionó que se tiene que sancionar al infractor cuando existe dolo o flagrancia en su omisión, sin embargo actualmente dicho procedimiento se aplica unilateralmente a todos los miembros del sector privado que tienen obligaciones obrero-patronales, situación que ha llevado a la quiebra a muchas empresas originando pobreza, desempleo y evasión fiscal.

Señaló que la mayoría de las omisiones no son dolosas sino por la situación económica que vive el país en algunos sectores productivos y el lento flujo de efectivo.

Dijo que un ejemplo claro es el que vive el sector de la construcción que en su mayoría invierte para el inicio de una obra, y el sector público tarda en pagar las estimaciones correspondientes por lo que el flujo de efectivo no es constante; sin embargo el IMSS hace caso omiso de ello y sanciona con multas del 40 por ciento.

Es por ello, que se debe modificar dicho artículo y si la autoridad determina sancionar a un patrón, debe proceder a verificar primeramente si es recurrente y después estudiar la situación de cada uno para determinar los motivos que llevaron a la omisión del pago y si estos se consideran dolosos, subrayó.

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