Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Boletín N°. 0694 Las empresas no podrán solicitar prueba de gravidez como requisito; proponen iniciativa al respecto (Favor de utilizar de sábado para domingo)

Con el objetivo de prohibir a los patrones que soliciten la prueba de embarazo como condición para obtener o permanecer en un puesto, el diputado Jericó Abramo Masso (PRI), presentó una iniciativa que reforma los artículos 3, 5 y 133 de la Ley Federal del Trabajo.

Con dichas reformas se prohíbe la discriminación en materia laboral para evitar que haya distinción entre los empleados por motivo de raza, credo, sexo, edad o embarazo.

La iniciativa, publicada en la Gaceta Parlamentaria, yturnada a la Comisión de Justicia, destaca que se entiende por discriminación laboral el trato desigual que se le da a las personas por motivos ajenos a su capacidad y que tiene como efecto anular o alterar la igualdadde oportunidades.

Enla exposición de motivos se señala que aprincipios de 1996, el organismo que se dedica a realizar investigaciones sobre los derechos humanos en más de 70 países Human Right Watch, (HRW), inició una indagación sobre los derechos laborales de las mujeres en el sector de las maquiladoras en México y sonlas más pobres, con menos experiencia y las menos educadas dentro de la fuerza laboral.

Human Right Watch envió una cartaa los coordinadores de los Grupos Parlamentarios del PAN, PRI y PRD en la LIX legislatura para recomendar que hicieran reformas en la legislación federal con el propósito de prohibirel requisito de la prueba de embarazo como condición para obtener o permanecer en un puesto de trabajo.

La iniciativa del diputado Abramo señala ser excluido de las oportunidades laborales no sólo restringe la libertad de las personas para poner en práctica sus potencialidades profesionales, sino que también limita su desarrollo personal y genera un campo abierto a actividades que tienen efectos sociales negativos.

La iniciativa abunda que los anuncios de ofertas de empleo en los que se excluyen o se desalienta abiertamente a los aspirantes casados o mayores de cierta edad, o de determinado color de piel o sexo, constituyen un ejemplo de discriminación directa.

El documento plantea que el Estado debe comprometerse a prevenir y sancionar toda forma de discriminación fundada en la maternidad o la paternidad, particularmente que el despido sea motivado por esa causa.

El contenido legal reformado establece: Artículo 3º: Queda prohibida la discriminación en materia de oportunidad de empleo y ocupación, y establecer distinciones entre los trabajadores, por motivos de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política, condición social, salud, discapacidad, preferencia sexual o embarazo.

--- ooOoo ---

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos