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Boletín N°. 0939 La Cámara de Diputados aprobó modificaciones en lo particular a la nueva Ley del ISSSTE, tendrá la obligación de transparentar su manejo

Por 385 votos a favor, dos en contra y 27 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó, en lo particular, ocho modificaciones a la Ley del ISSSTE, después de que 23 legisladores de diversas fracciones impugnaran 51 artículos y 14 transitorios para su discusión.

Asimismo, por 281 votos a favor, 119 en contra y cinco abstenciones, se aprobó que los artículos impugnados que no sufrieron cambios quedaran en los términos originales del dictamen.

Dentro de las modificaciones destaca la adición de un artículo 47 transitorio, propuesto por la diputada Aída Marina Arvizu Rivas (Alternativa), cuyo fin es transparentar los recursos y el manejo del instituto, el Pensionissste y el FOVISSSTE.

Con la modificación, avalada por los diputados Enrique Benítez Ojeda (PRI), Jacinto Gómez Pasillas (PNA) y Efraín Arizmendi Uribe (PAN), el instituto, el Pensionissste y el Fondo de Vivienda estarán sujetos a la Ley de Transparencia y el IFAI será garante de su cumplimiento.

Asimismo, se modificó el artículo 17 para precisar que las dependencias y entidades estarán obligadas a comunicar al ISSSTE las modificaciones que sufran los conceptos de pago sobre los cuales se calculan las cuotas y aportaciones del trabajador.

El artículo 31 establece que los servicios médicos que tiene encomendados el ISSSTE los prestará directamente o por medio de convenios que celebre con quienes prestan dichos servicios; con la modificación, se dará preferencia a las instituciones públicas de salud para estos convenios.

El artículo 105 se modificó para puntualizar que si el Pensionissste llegase a tener remanentes de operación, éstos se reinvertirán favoreciendo las cuentas individuales de quienes más lo necesitan. “Lo que separa a la administradora del ISSSTE de una AFORE es que no tiene fines de lucro”, apuntó.

A fin de establecer que los trabajadores con dos empleos que cotizan en el ISSSTE y en el IMSS tengan derecho a recibir servicios médicos en ambos institutos, se modificaron los artículos 143 y 151 de la ley.

También cambió el artículo 18 transitorio para que los jubilados gocen de los mismos beneficios que establece la ley para los pensionados.

En tanto, la modificación al artículo 25 transitorio plantea que pasado el plazo de 36 meses en que el Pensionissste administrará las cuentas individuales de los trabajadores, éstos no necesitarán hacer ningún trámite para que su cuenta siga siendo manejada por este organismo, si es que así lo deciden.

De acuerdo con el dictamen aprobado, la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) busca mayores beneficios para los empleados y el rescate financiero de la institución.

Además, indica que el instituto no se privatizará y que los recursos para el retiro de los trabajadores serán administrados por un organismo público denominado PENSIONISSSTE, no por una Afore privada.

Precisa que los pensionados y jubilados no pagarán cuota alguna por los servicios que reciben; el Gobierno Federal, por disposición de Ley, asumirá el costo íntegro de la nómina de pensiones en curso de pago.

Detalla que el Estado incrementará sus aportaciones obligatorias a la seguridad social de 19.75 por ciento del salario de cotización a 25.145 por ciento. Además aportará una cuota social específica para mejorar los servicios de salud, equivalente al 3.5 por ciento del salario de cotización de cada uno de los trabajadores, lo que representa anualmente recursos adicionales por más de seis mil millones de pesos.

Menciona que se aportará una cuota social específica para el fondo de pensiones equivalente al 5.5 por ciento de un salario mínimo y duplicará el monto de la pensión garantizada.

A demanda de las organizaciones sindicales, esa cuenta individual se incrementará con un esquema de ahorro solidario, en el que, por cada peso que aporte el trabajador, el Estado dará 3.25 pesos.

De igual forma, prevé aumentar de manera gradual el requisito para el retiro por edad y tiempo de servicio de 55 a 60 años para mujeres, sin modificar la tabla de beneficios por antigüedad del artículo 63 actual.

Es decir, un año después de la entrada en vigor de la reforma se incrementará el requisito para retiro por edad y tiempo de servicio de 55 a 56 años, dos años después aumentará a 57, y así sucesivamente hasta alcanzar los 65 años.

Subraya que las contribuciones del Gobierno se aumentan a la entrada en vigor de la Ley para favorecer la acumulación de fondos en la cuenta individual. Dice que las contribuciones del trabajador se incrementarían gradualmente para todos los empleados del 3.5 por ciento actual hasta alcanzar el 6.125 por ciento del nuevo sistema.

Manifiesta que la iniciativa sienta las bases para la conformación de un sistema nacional de seguridad social, permite la transformación del Instituto para superar la situación financiera en la que se encuentra y otorga una protección integral a los servidores públicos y a sus familiares.

Por otro lado, la Cámara de Diputados se solidarizó con el Secretario General de la ONU, Ban Ki-moon por el atentado sufrido en Irak.

Terminada la votación de la Ley del ISSSTE, se levantó la sesión y se citó para la que tendrá lugar el martes 27 de marzo a las once horas.

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