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Boletín N°. 1052 Quedó avalado en Comisión dictamen de Reformas a la Ley de Aguas Nacionales

La Comisión de Recursos Hidráulicos, que preside el diputado Jesús Manuel Patrón Montalvo (PRI) aprobó el dictamen a la minuta con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.

Durante la reunión, a la que asistieron integrantes de la Comisión de Recursos Hidráulicos del Senado de la República, el diputado Patrón Montalvo señaló que el dictamen es producto del consenso de la mayoría de los integrantes de la comisión que preside con senadores, el Consejo Consultivo y las organizaciones relacionadas con el agua.

“Tratamos de hacer una aportación para que México cuente con un instrumento que permita transitar a la solución de una problemática que se está enfrentando al no haber una legislación que permita hacer funcional, administrativa y operativamente, a la Conagua”, enfatizó.

Agregó que estas reformas no representan una solución definitiva, por lo que llamó a los diputados a hacer un alto para dejar trabajando a la Conagua y avocarse, posteriormente, a un proyecto integral de ley que comprenda todos los aspectos.

“Lo importante es transitar en decisiones trascendentales para el país; es momento de ser cuidadosos, revisar y avanzar juntos en el proyecto, pero que no sea una reforma unilateral, sino del Congreso para dar respuesta a la sociedad y luego hacer el compromiso de trabajar para sacar adelante de manera estructural esta problemática”.

Reconoció el apoyo de la Comisión de Recursos Hidráulicos en la colegisladora, que preside el senador Silvano Aureoles Conejo

En su oportunidad, la diputada Lourdes Alonso Flores (PRD) dijo que su grupo parlamentario no está de acuerdo en 56 artículos. Manifestó su preocupación porque en el dictamen, comentó, se limitan las funciones del IMTA, en el Consejo Consultivo con voz, pero sin voto. “No puede ser que una institución de tal envergadura no tenga esa posibilidad”, enfatizó.

En cuanto a las multas, agregó que se redujeron de manera desordenada. “Las bajan a mil 800 por ciento; puede modificarse, puede corregirse con exenciones de pago que están consideradas en la ley fiscal”.

También manifestó su desacuerdo en la cuestión de las concesiones donde se promueve la conformación de bancos del agua, los cuales en el reglamento de la Conagua se estipulan como privados. “Lo que hoy está en dos renglones de la minuta, abarca alrededor de cuatro o cinco capítulos en el reglamento con relación a los bancos del agua, lo cual es una muestra clara y evidente de que lo que se busca con esta ley es privatizar el agua”, advirtió.

Añadió que la situación del agua en el país está cada vez más complicada, “y la forma en que pretenden controlar esa problemática es a través de los bancos, pero privados. Nosotros proponemos que sean públicos porque el agua es un bien público y, a partir de ahí, no puede ser considerado como bien económico”.

Además, dijo que la Conagua debe tener mayores facultades, sobre todo de autonomía presupuestal para que pueda decidir en torno a la problemática del agua”.

El dictamen establece multas más bajas atendiendo la demanda de los usuarios y pondera la gravedad de las infracciones tanto para la aplicación de las multas, como para calificar la suspensión en casos de reincidencia.

Además, incluye modificaciones a las atribuciones de la Comisión Nacional del Agua, Organismos de Cuenca y Consejos de Cuenca y, en general, mantiene las atribuciones que la ley vigente establece para cada uno de los tres órganos.

Establece que la Conagua podrá intervenir en asuntos de la jurisdicción de cualquiera de los organismos de cuenca, en los casos que así lo ameriten, por instrucciones del Ejecutivo y establecidas en el Reglamento de la Ley; se adecuan los perfiles de dichos organismos para que correspondan al carácter de órgano desconcentrado de la Conagua y se mantiene en la integración de los consejos de cuenca la participación de representantes de los tres órdenes de gobierno y de la sociedad civil.

Además, subsisten los permisos provisionales para dar mayor certeza jurídica a los usuarios solicitantes de prórrogas; facilitar la actuación administrativa de la autoridad del agua; dar congruencia a los plazos para dicha solicitud y otorgamiento de las prórrogas con el cumplimiento sobre el derecho de petición establecido en la Constitución.

También se mantiene en la Ley al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), el cual continúa como un organismo descentralizado sectorizado a la Semarnat, con atribuciones específicas sin contravenir las facultades de la Conagua.

En cuanto al Registro Público de Derechos de Agua (REPDA) se modifican las disposiciones relativas, a fin de que sea un registro nacional operado por la Conagua, a través de una unidad administrativa especializada.

Se modifican, además, las disposiciones relativas para establecer como competencia del Ejecutivo Federal, directamente o por la Conagua, regular los usos y trasvases de agua. Se señala que los organismos de Cuenca podrán autorizarlos en condiciones normales en cualquier tiempo, excepto en los casos que representen riesgos para la seguridad de la población civil, de las obras o de las áreas de cultivo, entre otras.

Asimismo, se eliminan los requisitos de concesión o asignación, relativos a la presentación del costo económico y la manifestación de impacto ambiental de obras proyectadas, para facilitar el trámite a los usuarios.

Se establece la transmisión temporal de los derechos de agua en el caso de las concesiones y asignaciones y se mantiene la prohibición de transmitir derechos sobre asignaciones, salvo que se transmitan volúmenes para el mismo uso.

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