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Boletín N°. 1108 Acuerda Comisión de Hacienda que aprobará dictamen para regular comisiones bancarias

La Comisión de Hacienda y Crédito Público acordó aprobar el dictamen de la minuta que expide una nueva Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros y abroga la del 2004; reforma la Ley de Instituciones de Crédito; la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (Condusef) y la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

El órgano legislativo acordó en su reunión plenaria que una vez turnada la minuta por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, la aprobación del dictamen se daría en automático, debido a que los integrantes de la Comisión de Hacienda firmaron un documento en el que manifiestan su aprobación a las reformas hechas por el Senado en todos sus términos.

La citada comisión, que preside el diputado Jorge Estefan Chidiac (PRI), dijo coincidir con el Senado de la República en el sentido de que resulta apremiante que la banca privada otorgue mejores servicios a los usuarios, a precios competitivos y accesibles, además de que emprenda un mayor apoyo al sector privado.

La reforma, de acuerdo con el dictamen, busca proteger y favorecer los intereses de los usuarios, sobre todo, los menos protegidos, en este sentido, se regula el cobro de comisiones, cuotas interbancarias y algunas otras en materia de contratos y estados de cuenta.

Destaca que se podrá exentar el cobro de comisiones por apertura, retiros, consultas y todos aquellos depósitos que no excedan el importe equivalente a 165 salarios mínimos diarios vigentes en el Distrito Federal (8 mil 300 pesos).

Esta disposición, refiere el dictamen, está orientada a todos aquellos usuarios que perciben sus salarios por la vía de tarjetas de débito y que sufren un perjuicio patrimonialdirecto cada vez que realizan retiros en cajeros que no son de la red de sucursales del banco emisor.

En este tenor, se otorgan mayores atribuciones y competencia a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) para mantener actualizada la base de datos de las comisiones que cobran las instituciones financieras y las difunda, además de crear y operar un Registro Público de Usuarios.

Plantea ampliar el ámbito de aplicación de las leyes a entidades financieras y comerciales que otorguen crédito y faculta al Banco de México para regular, a través de disposiciones de carácter general, el cobro de comisiones y cuotas de intercambio que lleven a cabo por el uso de tarjetas de crédito y débito en cajeros automáticos.

Del mismo modo, obliga a las instituciones de crédito, sociedades financieras y aquellas de objeto múltiple, a informar al Banco de México y a la Comisión Nacional para la Protección de Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) sobre las comisiones y cuotas de intercambio que cobran las entidades.

Prevé la obligación para las entidades financieras de informar a través de los medios que se pacten con los clientes, (Internet y publicidad impresa en sucursales) las diversas modificaciones al importe de las nuevascomisiones que se pretendan cobrar, en consecuencia, los clientes tendrán derecho a dar por terminada la prestación de los servicios cuando no estén de acuerdo con el cobro de los nuevos montos de comisiones.

También se precisa el cálculo del Costo Anual Total (CAT), relativa a créditos, préstamos o financiamientos que otorguen las entidades financieras y comerciales, sea a través de disposiciones emitidas por el Banco de México, con el fin de que el público se entere del costo real que debe pagar respecto de los productos que ofrecen dichas entidades.

Sobre este último, las reformas obligan a las entidades financieras a que expresen de forma detallada las tasas de interés ordinaria y moratoria en términos anuales simples que cobren a sus clientes, en consecuencia, éstas podrán establecer tasas de interés sustitutivas, pero les estará prohibido en lo que respecta a las alternativas.

Adicionalmente, se plantea la prohibición de exigir por adelantado el cobro de intereses, los cuales serán exigibles sólo por períodos vencidos respecto de los créditos, préstamos o financiamientos que otorguen.

No obstante, considera inconveniente imponer topes a las comisiones que cobran los bancos y otras instituciones financieras por sus servicios, ya que la multiplicidad de productos no los hacen comparables en cada caso, aunado al hecho de que implicaría complicaciones y distorsiones al mercado.

“Establecer topes a las tasas de interés causaría distorsiones en el mercado y escasez en los servicios financieros, lo cual no repercutiría en el beneficio del usuario de servicios financieros, que es al que se pretende proteger”, refiere.

Una vez aprobado el dictamen de la minuta, será turnado a las instancias correspondientes a fin de ser agendado para su discusión y votación en el Pleno camaral.

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