Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Boletín N°. 1227 Federalizar los delitos contra periodistas evitaría impunidad; propone el PRD imponer prisión y multas

Con objeto de evitar que las agresiones contra periodistas queden impunes, el Grupo Parlamentario del PRD propuso que las autoridades federales conozcan estos delitos y se impongan penas de hasta 10 años y multas hasta por tres mil días a quienes los cometan.

La iniciativa, leída en la tribuna de la Comisión Permanente por el diputado Luis Sánchez Jiménez, plantea reformas al artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y adiciona el Título Vigésimo Séptimo al Código Penal Federal, a fin de federalizar los delitos cometidos contra periodistas.

Establece que es necesaria la posibilidad jurídica de una investigación objetiva, efectiva, completa e independiente, para que estos agravios no queden impunes, enviando un claro mensaje de que no habrá tolerancia para quienes incurran en violaciones tan graves al derecho a la libertad de expresión”.

Además, indica el documento, federalizar estos ilícitos permitirá un sano distanciamiento de los procesos con las autoridades locales “que son quienes, en la mayoría de los casos obstaculizan la aplicación de la ley. Además, la Procuraduría General de la República cuenta con mayor capacidad y recursos técnicos para investigar las agresiones contra los comunicadores”.

Señala que la violencia contra periodistas es una práctica constante en México: homicidios, ataques y amenazas ocurren cada vez con más frecuencia “y el Estado continúa sin adoptar medidas para evitar la impunidad de estos casos”.

Dijo que, a la fecha, los 30 asesinatos de informadores; las cinco desapariciones y los cientos de atentados, no se han sancionado ni esclarecido, por lo que México es el segundo país más peligroso para ejercer el periodismo, por la dilación, ineficacia y parcialidad de la administración y procuración de justicia.

Explicó que la ausencia de resultados en estos casos y la falta de procuración de justicia “constituyen una forma de censura previa, inadmisible en un Estado que se pretende democrático y de derecho y pone de relieve que no hay garantías plenas para el ejercicio de las libertades informativas”.

El artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los jueces federales penales conocerán de los delitos del orden federal y se propone agregar los cometidos en contra de periodistas o con el propósito de interferir o limitar el ejercicio de la actividad periodística.

En cuanto a la adición en el Código Penal Federal del Título Vigésimo Séptimo “De los Delitos en Contra de las Libertades de Expresión y de Prensa”, propone agregar el artículo 430 para imponer prisión de cinco a 10 años y de 300 a tres mil días multa, al que, por cualquier medio, obstaculice el libre ejercicio de las libertades de expresión y de prensa.

También a quien atente por vías de hecho, físicas, sicológicas, violentas o económicas, en contra de los medios de comunicación o de periodistas en el desempeño de su labor profesional, con la intención de impedir, obstruir, evitar o distorsionar la difusión de noticias e informaciones.

Establece que dicha sanción se impondrá sin perjuicio de la pena que corresponda por otros delitos que cometa.

-- ooOoo --

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos