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Boletín N°. 1314 Propone iniciativa que el Presidente entregue el PND el 1 de marzo siguiente a la toma de posesión (Favor de utilizar de sábado para domingo)

La Cámara de Diputados podría discutir, modificar y, en su caso, aprobar el Plan Nacional de Desarrollo (PND) del Ejecutivo Federal y establecer como fecha de entrega el 1 de marzo siguiente a la toma de posesión del Presidente de la República, para ser aprobado a más tardar el 31 de marzo del mismo año, según se prevé en una iniciativa de reforma a la Ley de Planeación, de los diputados Raúl Cervantes Andrade y César Horacio Duarte Jáquez, del PRI.

En la propuesta, los legisladores consideran que la citada ley es omisa respecto al tipo de alcance y participación del Poder Legislativo en la formulación y aprobación del PND, pues aunque la Constitución es clara en ese aspecto, la ley secundaria no precisa la coordinación que debe existir entre ambos Poderes.

Tampoco se cuenta con un mecanismo institucional que traduzca los objetivos de los planes de desarrollo en decisiones de gasto ni en una adecuada vinculación entre las políticas de desarrollo y los objetivos con el Presupuesto de Egresos y la Ley de Ingresos.

En la iniciativa, publicada en la Gaceta Parlamentaria, se considera que a raíz de la alternancia política y mayor pluralidad, el Poder Legislativo ha retomado su papel de contrapeso de las decisiones del Ejecutivo en diversos ámbitos como el presupuestario, no así en materia de planeación que es donde se establecen las prioridades, objetivos y metas nacionales.

Los diputados estimaron que la falta de claridad en el marco jurídico ha dificultado el cumplimiento de los planes de desarrollo, de ahí que sea necesario cubrir las deficiencias legislativas para que los planes nacionales se realicen de manera efectiva.

Aseguraron que a pesar de que el Ejecutivo Federal envió al Congreso las bases del PND, éstas no contemplaron todos los requisitos que establece la Ley de Planeación que le otorga al Congreso la atribución de examinar y emitir opiniones al respecto.

En la iniciativa no se considera necesaria una reforma a la Constitución, toda vez que el Congreso tiene la facultad para expedir leyes sobre planeación nacional de desarrollo económico y social, sino más bien precisar en la Ley de Planeación la facultad del Congreso en la revisión del PND.

Se precisa que la participación de la Cámara de Diputados se circunscribirá a únicamente a los objetivos y metas, de tal forma que sea corresponsable con el Ejecutivo en la aprobación de recursos que permitan cumplirlos.

Además, se establece como fecha para la entrega del Plan el 1 marzo siguiente a la fecha en que rinda protesta el Presidente de la República y una fecha de aprobación, que será el 31 de marzo.

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