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Boletín N°. 1681 Suspender derechos políticos procederá hasta que se demuestre culpabilidad de la persona

Por 346 votos a favor, 12 en contra y 2 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la fracción II y deroga la fracción IV del artículo 38 constitucional, a fin proteger los derechos y prerrogativas de los ciudadanos.

Dora Alicia Martínez Valero (PAN), a nombre de la Comisión de Puntos Constitucionales, explicó que con las modificaciones, la suspensión de los derechos políticos sólo será procedente hasta que se haya dictado, por un juez, la sentencia ejecutoriada, desde el momento en que surte sus efectos y hasta su extinción.

“Los derechos ya no se perderán sólo por estar sujetos a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión, sino que primero será necesario demostrar la culpabilidad de la persona”, agregó.

La necesidad de reformar este artículo, destacó, surge porque su contenido se ha utilizado para limitar a adversarios políticos, inventándoles delitos y órdenes de aprehensión para negarles el derecho de votar y ser votados. “Con la figura de presunción de inocencia, toda persona, incluso sujeta a un proceso criminal, será considerada inocente hasta que se dicte la resolución”.

Su compañera de bancada, Leticia Díaz de León Torres, aseguró que México ha firmado tratados internacionales que establecen la obligación de los gobiernos estatales y federal a proteger y garantizar el derecho de todo ciudadano de votar y ser votado, por lo que con estas reformas se garantizará que ningún ciudadano puede ser privado de sus derechos políticos y sociales.

Por su parte, Salvador Ruiz Sánchez (PRD) indicó que estos cambios se debieron hacer desde el siglo XVIII porque la Carta Magna no puede suprimir el derecho de participar y ser votado.

Alfredo Ríos Camarena, diputado del PRI, manifestó que su fracción apoyará esta medida ya que tiene que ver con cuestiones fundamentales del desarrollo político de la Nación. “Lo novedoso de este cambio es que establecemos cuándo empieza y termina la suspensión de derechos políticos y sociales”, recalcó.

En tanto, el diputado Alan Notholt Guerrero (PVEM) señaló que este cambio constitucional dará certidumbre a los ciudadanos que pretenden competir por un cargo de elección popular y se encuentran en un proceso criminal pero su culpabilidad no ha sido demostrada. De esta manera, acotó, todos podrán ejercer de forma libre sus derechos.

Asimismo, José Manuel del Río Virgen (Convergencia) aseguró que, a través de esta reforma, los legisladores resarcirán el daño que los ciudadanos pudieron recibir al no contar con sus derechos por estar sujetos a un proceso criminal.

Por su parte, Ricardo Cantú Garza (PT) apuntó que con la presunción de inocencia ya no existirán abusos en perjuicio de los gobernados y los contendientes políticos no podrán actuar facciosamente, ya que toda persona será inocente hasta que el órgano del Estado acreditado para ello, en sentencia ejecutoriada, determine lo contrario.

Por último, Manuel Cárdenas Fonseca (Nueva Alianza) subrayó que su Grupo Parlamentario está a favor del dictamen porque presumir la culpabilidad antes de demostrarla es algo que ha lastimado mucho la procuración e impartición de justicia.

Protección de datos personales en posesión de particulares

Asimismo, la Cámara de diputados aprobó dos dictámenes en materia de datos personales, uno que adiciona la fracción XXIX-Ñ al artículo 73 y otro que adiciona dos párrafos al artículo 16, ambos de la Constitución Política.

Por 371 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, fueron avaladas las reformas al artículo 73, con el cual se faculta al Congreso de la Unión para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares. El objetivo es evitar que las personas transfieran, presten o utilicen esta información con fines comerciales, publicitarios o delictivos.

La adición de la fracción XXIX-Ñ a este artículo responde a la necesidad de una regulación específica respecto de los datos personales que poseen entes públicos, porque circulan indiscriminadamente y, en ocasiones, gracias a las nuevas tecnologías de la información, son utilizados por personas para realizar actos ilícitos, se explica en el dictamen.

A nombre de la fracción parlamentaria del PRI, el diputado César Camacho Quiroz (PRI) se pronunció a favor de la reforma, debido a que dará a los particulares la seguridad de que sus datos no serán mal utilizados, “estamos otorgando un derecho fundamental, debidamente desarrollado y legislativamente correcto”.

A su vez, el diputado Gustavo Parra Noriega (PAN) manifestó que con la aprobación de este dictamen se satisface una demanda constante de justicia y respeto a la dignidad de las personas. “Se perfeccionan y amplían los derechos; además, se incorporan nuevas garantías constitucionales, como forma de dar respuesta a las peticiones sociales”.

Al hablar en pro del dictamen, el diputado Manuel Portilla Dieguez (PVEM) indicó que el respeto al derecho de la intimidad e identidad, como lo constituye la salvaguarda de los datos personales, es necesario para evitar daños a la persona en su esfera patrimonial o personal.

En tanto, el diputado Abundio Peregrino García (PT) destacó que proliferan empresas que utilizan datos personales de forma abusiva, sin conocimiento y menos con la autorización de la persona afectada; añadió que de acuerdo con la Constitución, nadie puede sufrir acto de molestia salvo mediante mandamiento escrito de la autoridad competente.

Se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

Respecto a las modificaciones al artículo 16 constitucional, el Pleno las aprobó por 332 votos, cero en contra y cero abstenciones, a fin de incluir la protección de los datos personales como un nuevo derecho fundamental dentro del catálogo de garantías.

En el dictamen se destaca que es necesaria la protección jurídica de los datos personales,ante la incorporación creciente de mecanismos electrónicos y computarizados que han conformado una cuantiosa red de datos, susceptibles de ser usados de manera ilícita.

Según la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, el concepto deDatos Personales engloba a toda aquella información concerniente a una personafísica identificada o identificable, la relativa a su origen étnico o racial, o que esté referida a las características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, patrimonio, opiniones políticas, creencias, estados de salud físicos o mentales y las preferencias sexuales.

Se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

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