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Boletín N°. 2141 Aumentará el uso de métodos de reproducción asistida ante los altos índices de infertilidad

Para regular la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida y la utilización de gametos y preembriones crioconservados, así como prohibir la clonación en personas con estos fines, el grupo parlamentario de Convergencia presentó una iniciativa para crear una Ley Federal en la materia y reformar diversas disposiciones de la Constitución y la Ley General de Salud.

La propuesta del diputado Alberto Esteva Salinas plantea reformar los artículos Primero y Cuarto de la Carta Magna para prohibir la discriminación motivada por el procedimiento a través del cual haya sido concebida la persona y establecer el derecho a decidir el método de concepción de los hijos.

Además, estipula que los procedimientos de reproducción asistida autorizados en México serían la inseminación artificial, la fecundación in vitro e inyección intracitoplásmica de espermatozoides con gametos propios o de donante y con transferencia de preembriones, así como la transferencia intratubárica de gametos.

Actualmente, menciona la iniciativa, estas técnicas se efectúan sin ningún sustento legal, por lo que es necesario garantizar que su aplicación y formas de utilización no vayan en detrimento de la familia y de los derechos del futuro hijo.

Subrayó que el significativo aumento de la infertilidad en los últimos años, generará que estas técnicas sean aplicadas en mayor número en México.

Informó que en el país existen 15 centros donde se realizan estas técnicas que cuentan con la infraestructura tecnológica y los recursos humanos necesarios, por lo que el marco jurídico mexicano debe de estar preparado para los conflictos que surjan de esta aplicación.

Destacó que para 2006 habían nacido alrededor de 10 millones de niños por reproducción asistida en todo el mundo, sin contar Asia y África.

Consideró que la ciencia jurídica debe afrontar múltiples interrogantes relativas a las nuevas condiciones sociales y familiares que genera la asistencia reproductiva, como las diferentes filiaciones que surgen a partir de la donación de gametos y de la contratación de madres sustitutas o subrogadas, así como la disposición final de gametos y embriones.

La Ley Federal de Técnicas de Reproducción Humana Asistida que se propone, consta de 44 artículos en Siete títulos.

Las modificaciones de la Ley General de Salud, en los artículos 313, 314, 315 y 318 establecen que compete a la Secretaría de Salud la regulación y el control de los centros donde se apliquen técnicas de reproducción humana asistida.

En el documento se señala que esta técnica es el procedimiento mediante el cual, de manera artificial y utilizando la ciencia y la tecnología, se logra la reproducción de seres humanos.

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