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Boletín N°. 2418 El Congreso podría erigirse en Colegio Electoral y designar Presidente Interino

La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias aprobó este lunes un dictamen de reforma para que el Congreso de la Unión se erija en Colegio Electoral a afecto de designar Presidente interino cuando llegado el 1 de diciembre no exista declaración de validez de la elección o no se presente el Presidente electo.

La reforma al artículo 23 de la Ley Orgánica del Congreso General faculta a la Presidencia de la Cámara de Diputados a tomar las medidas conducentes en caso de que la elección de Presidente de la República no estuviese hecha o declarada válida el 1 de diciembre.

El dictamen explica en sus consideraciones que la amenaza de esta circunstancia fue un espectro que rondó en las últimas elecciones presidenciales. “Se trata de un acto culminante del proceso electoral, cuya eventualidad no había sido contemplada”.

Asimismo, se aprobaron otras reformas relativas a la elección de los consejeros electorales y la designación del contralor general del Instituto Federal Electoral.

De acuerdo con el dictamen, que reforma los artículos 20, 23 y 34 de la citada ley, es facultad de la Junta de Coordinación Política establecer los procedimientos para la designación de los consejeros y del contralor general del IFE.

Explica que la Jucopo propondrá al Pleno la convocatoria para la designación del consejero presidente, de los consejeros electorales y del contralor general, en los términos establecidos en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General.

Dicha convocatoria, añade, deberá contener el proceso de designación, los requisitos legales que deben satisfacer los consejeros y los documentos que deben presentar para acreditarlos.

De igual forma, las reglas, fechas y plazos de cada una de las etapas del procedimiento de designación; el órgano o la comisión que se encargará de la recepción de documentos e integración de los expedientes, su revisión e integración de la lista que contenga los aspirantes que cumplan los requisitos establecidos para que los grupos parlamentarios formulen sus propuestas con base en ella.

El dictamen destaca que presentadas las propuestas, el órgano o comisión encargado de entrevistar y evaluar a los ciudadanos propuestos por los grupos parlamentarios, así como de formular el dictamen respectivo que consagre los resultados, para los efectos conducentes.

En tanto, se faculta a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados a expedir la convocatoria propuesta por la Junta de Coordinación Política y aprobada por el Pleno.

El presidente del órgano legislativo, Carlos Chaurand Arzate (PRI) indicó que el dictamen se turnaría a la Junta de Coordinación Política para agendarlo y con la solicitud de discutirlo mañana martes, luego de que se le dispensen los trámites de la segunda lectura.

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