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Boletín N°. 2715 Conoció el Pleno minuta de reforma constitucional para que el Presidente rinda informe por escrito

Para que en la apertura de las Sesiones Ordinarias del Primer Periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el Presidente de la República presente un informe por escrito, en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública del país, en la sesión de hoy sedio a conocer la minuta que reforma el artículo 69 constitucional.

Añade que cada una de las cámaras realizará el análisis del informe y podrá solicitar al Presidente de la República ampliar la información mediante pregunta por escrito y citar a comparecer bajo protesta de decir verdad a los Secretarios de Estado, al Procurador General de la República y a los directores de las entidades paraestatales. La Ley del Congreso y sus reglamentos regularán el ejercicio de esta facultad.

La citada minuta plantea cambios también al artículo 93, para que cualquiera de las cámaras pueda convocar a los Secretarios de Estado, al Procurador General de la República, a los directores y administradores de las entidades paraestatales, así como a los titulares de los órganos autónomos, a fin de que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos y actividades orespondan a interpelaciones y preguntas.

Puntualiza que las cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su formulación.

Otra minuta, dada a conocer en el pleno, modifica los artículos 71, 72 y 78 de la Carta Magna, con el objetivo de que el día de la apertura de cada Periodo de Sesiones Ordinarias del Congreso de la Unión, el Presidente de la República pueda presentar hasta dos iniciativas para trámite legislativo preferente.

Se destaca que las iniciativas deberán de discutirse y votarse por ambas cámaras a más tardar el último día de sesiones ordinarias del periodo que corresponda.

Agrega que si transcurrido el plazo que establece, no se ha presentado el dictamen correspondiente, el presidente de la Cámara de origen deberá someter a la consideración del Pleno la iniciativa del Ejecutivo.

En ella, se busca perfeccionar el proceso legislativo, ante la necesidad de prevenir el acto suspensorio del Ejecutivo Federal al no promulgar un proyecto, por lo que se faculta al Presidente de la Cámara de origen ordene su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por último, a la Comisión de Gobernación se turnó la minuta que formaliza la situación jurídica de los inmuebles puestos a disposición de las Cámaras del Congreso de la Unión.

En él se especifica que la Cámara de Senadores ceda a la Cámara de Diputados, a título gratuito, los derechos de propiedad y dominio, con todos los derechos y obligaciones que le corresponden, respecto del inmueble ubicado en las calles de Eduardo Molina, Emiliano Zapata, Francisco Morazán y Sidar y Rovirosa, en la zona conocida como “Ex estación de San Lázaro”, en la ciudad de México.

En tanto que la Cámara de Diputados ceda a la Cámara de Senadores, a título gratuito, los derechos de la propiedad y dominio, con todos los derechos y obligaciones que le corresponden, respecto del inmueble ubicado en la Fábrica Nacional de Armas de la ciudad de México, colindante con “La Ciudadela”.

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