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Boletín N°. 2772 Son responsabilidad de la SCT accidentes con materiales peligrosos en carreteras: González Betancourt

·Analizan en Comisión reformas a la Ley de Armas de Fuego y Explosivos

El presidente de la Comisión de la Defensa Nacional, diputado Jorge Justiniano González Betancourt (PAN), dijo que son responsabilidad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) los accidentes con materiales peligrosos en las carreteras del país.

Añadió que es necesario ahondar más en los reglamentos de la (SCT). “No se le está dando la importancia debida a la Policía Federal de Caminos, porque ellos son responsables de toda la seguridad en las carreteras y de los transportes, particularmente de los materiales peligrosos”.

Explicó que no se cumple ni aplican las normas y reglamentos respectivos, ni existe la supervisión especial como función determinante para que las operaciones salgan bien. “Si no hay una supervisión honesta no se podrá llegar a nada”, afirmó.

Agregó que se debe definir “lo que nos pertenece a nosotros y lo que le pertenece a Comunicaciones y Transportes, porque también tendrá que intervenir”.

Lo anterior, al término de una reunión de trabajo en la que se analizó la iniciativa de reformas a los artículos 60 y 61 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que busca ampliar los requisitos para otorgar permisos de transporte de explosivos, a fin de evitar accidentes que pongan en riesgo a la población.

Al respecto dijo: “Quiero apoyar en todo la iniciativa para que lo que corresponde a Defensa Nacional y Armada, porque también está la Marina, quede totalmente definido y responsabilizar a la SCT en lo que a ella le toca”.

Señaló que es necesario poner mucha atención en la seguridad de las carreteras y los transportes de sustancias peligrosas, pues los accidentes no sólo tienen que ver con explosivos, como el ocurrido en Coahuila con nitrato de amonio, en septiembre de 2007; sino con todo tipo de material peligroso, como gas.

“¿Qué clase de choferes se utilizan y con qué capacitación para transportar materiales peligrosos? Tenemos que profundizar mucho, pero mucho más, ya no queda sólo en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, ni siquiera en la Secretaría de la Defensa Nacional”, subrayó.

Asimismo, consideró que las empresas también tienen responsabilidad en estos hechos. “Si la compañía que dispuso el transporte de gas le da la comisión a un individuo que no tiene ni siquiera la experiencia suficiente para manejar, por eso suceden los accidentes tan graves. Esos y muchos más”, enfatizó.

Sobre la citada iniciativa de reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, del diputado Yerico Abramo Masso (PRI), dijo que se prevé presentar el dictamen correspondiente en el próximo periodo ordinario de sesiones.

El documento señala que en México circulan anualmente más de 51 mil tráileres con materiales explosivos por las carreteras sin custodia y las autoridades no hacen un alto para revisar si las medidas de seguridad que marca la ley son suficientes.

Propone que para el transporte dentro del territorio nacional de armas, objetos y materiales descritos en este ordenamiento, deberá obtenerse permiso de la Secretaría de la Defensa Nacional, quien deberá certificar las medidas de seguridad adoptadas por el transportista y notificará a las autoridades estatales correspondientes la ruta que seguirá hasta realizar la entrega correspondiente.

Como medidas de seguridad sugiere la expedición de una licencia de manejo especial para los conductores que transportan materiales explosivos, y deberán recibir un curso especializado en el manejo de estas sustancias, antes de recibir la licencia.

Además, establecer un convoy que lleve un carro guía y uno de retaguardia con sonido de alarma; llevar todo el material y equiponecesario para enfrentar cualquier siniestro que se presente; evitar el cruce por poblaciones o, en su caso, coordinarse con las autoridades locales para el bloqueo de calles o carreteras y evitar accidentes viales o de cualquier naturaleza.

Por lo que hace al artículo 61 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, se propone que la transportación que se derive de los permisos concedidos por al SEDENA requerirá ajustarse a las medidas de seguridad que establecen las leyes, reglamentos y normas aplicables en materia de transporte de materiales peligrosos.

También que, en caso de incumplimiento, se prohibirá la salida del almacén o lugar de origen de la carga que se transportará. Si por este incumplimiento se suscitara un siniestro que produzca lesiones, muertes o destrucción de inmuebles, el permiso será retirado de manera inmediata a la empresa titular y se aplicará una multa.

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