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Boletín N°. 2776 Es anticonstitucional la propuesta del Ejecutivo sobre Ley Reglamentaria del Artículo 27 de la Carta Magna

·Para mí, el Presidente ha incurrido en un acto de autoridad, agregó Raúl Carrancá y Rivas

·Dictó una Conferencia Magistral en San Lázaro

La propuesta de Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional, enviada por el Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión, contradice el texto de la Carta Magna, en cuanto a otorgar concesiones y contratos a personas físicas o morales, en materia petrolera.

Así lo señaló el doctor Raúl Carrancá y Rivas, en su conferencia magistral Problemas Constitucionales, quien añadió que
en estos momentos el país vive graves problemas de constitucionalidad, atribuibles al manoseo de la Carta Magna.

Indicó que partiendo de lo establecido en el Artículo 27 Constitucional, en cuanto a que no se otorgarán concesiones y contratos tratándose del petróleo, la Ley Reglamentaria que establece el Ejecutivo Federal contradice el texto.

“Envía una Ley Reglamentaria, cuyo artículo 6 señala que se podrán celebrar con personas físicas o morales los contratos de obras y de prestación de servicios: en mi opinión se está violando de forma descarada el texto constitucional”.

Recordó que el artículo 71 de la Constitución Política le daderecho al Ejecutivo Federal de iniciar leyes o decretos y cuando lo ejerce hay dos vertientes: al margen o en contra. “Si es a la constitucionalidad no hay problema y si es en contra hay problema”.

“Para mí, el Presidente ha incurrido en un acto de autoridad, no positivo, ha ejercido un derecho violando el Artículo 27 de la Constitución a través de una Ley Reglamentaria: con sólo el acto de enviar la iniciativa al Congreso está violando la Carta Magna”.

Mencionó que para demandarle al Presidente la inconformidad de las iniciativas en la materia, al considerarse violatorias, los recursos no lo permitirían, porque al recurrir al título 4, que alude a las Responsabilidades de Servidores Públicos, Patrimonial y del Estado, no podría ser acusado por traición a la patria y delitos graves de orden común, ya que lo dispensa.

Dijo que el Juicio Político, establecido en el artículo 109 Constitucional, sólo se aplica a los funcionarios públicos mencionados en el 110, excluyendo al Presidente, cuando tienen que responder a violaciones en que incurran a la Constitución.

Agregó que se debe llegar a la conclusión de que el Presidente de la República merezca un juicio político, si es que viola el texto supremo: “Se han violado sus condiciones y circunstancias, axiomáticamente el resultado es que debe y tiene que ser enjuiciado un Presidente mediante juicio político cuando vulnere la Constitución”.

Dijo que la bondad de la iniciativa, al margen del esquema jurídico, puede ser algo manifiesto y evidente para salvar a una empresa como de la envergadura e importancia de Petróleos Mexicanos.

Carrancá y Rivas enfatizó que se ha dicho que la Ley Orgánica vigente permite concesiones y contratos, y es cierto, porque se permiten desde hace años, “con base en lo anterior, la Ley Reglamentaria vigente es anticonstitucional”.

En las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro, añadió que, en su concepto, no hay el menor impedimento jurídico para que el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en el párrafo tercero del artículo 26 de la Constitución, 20 de la Ley de Planeación y 42 de la Ley de Participación Ciudadana del D.F, lleve a cabo su consulta en materia energética.

Se pronunció a favor de una consulta ciudadana: “Evitar, desde mi punto de vista, la perversa, torcida crítica, mediante la cual se quiere descalificar la manifestación democrática más pura y más transparente que puede haber en un ejercicio político, la voz del gobernado, la voz del pueblo”.

En tanto, el coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia, diputado Alejandro Chanona Burguete dijo que se está a días de que concluya el debate nacional de la Reforma Energética, pero surge un problema de interpretación sobre el siguiente paso de lo que es el trabajo legislativo.

Agregó que hay quienes creen que se debe de dictaminar, pero hay una laguna entre el debate nacional y los razonamientos que debe hacer el Congreso sobre el futuro de la Reforma porque dentro de los mínimos consensos hay un relativo empate técnico entre constitucionalistas.

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