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Boletín N°. 2781 Evitarán accidentes por transportación de sustancias tóxicas reformas legislativas

·La Ley de Armas de Fuego y Explosivos debe ser más estricta en esta actividad

·Al año más de 51 mil contenedores son transportados por tráileres por carreteras

Debido a que en México circulan diariamente 150 tráileres con materiales explosivos sin custodia alguna, la Comisión de Defensa Nacional, que preside el diputado Jorge Justiniano González Betancourt (PAN), analiza reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos para sujetar esta actividad a reglas de seguridad más estrictas.

Se reunió con funcionarios de las Secretarías de Gobernación, de la Defensa Nacional, de Marina y de Comunicaciones y Transportes, quienes presentaron diversas opiniones para enriquecer el dictamen que elabora esta comisión.

Manifestaron su disposición para analizar el conjunto de normas y determinar la mejor vía para enfrentar esta situación que ha representado la pérdida de vidas humanas.

Las reformas pretenden dar mayor certeza a ese ordenamiento en cuanto a los permisos de transporte de material explosivo y ampliar las medidas de seguridad que deben cumplir los permisionariospara prevenir accidentes.

En la iniciativa del diputado Yerico Abramo Masso (PRI) se señala que al año más de 51 mil contenedores recorren las carreteras mexicanas. “El flujo de tráileres con material explosivo continúa sin que las autoridades hagan un alto para revisar si las medidas de seguridad que marca la ley son suficientes”.

Además, los conductores no están preparados para enfrentar una situación de riesgo y las condiciones de las cajas o contenedores de carga no están hechos especialmente para el transporte de material explosivo.

Se busca evitar accidentes como el acontecido en Coahuila en septiembre de 2007, en el que perdieron la vida 29 personas, y otros que reportan la volcadura de pipas o contenedores con sustancias peligrosas, se precisa.

Señala que el mayor número de accidentes es imputable al conductor por cansancio, somnolencia, imprudencia e intoxicación.

Menciona que las mediadas de prevención y reducción de riesgos deben incluir la aplicación de reglamentaciones a la industria y procesos industriales; modificación de rutas, precauciones especiales durante el tránsito y prohibición permanente de ciertas rutas para determinadas sustancias peligrosas.

La actual Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos prevé que la Secretaría de la Defensa Nacional otorgará los permisos a las empresas o personas que se dediquen a la industrialización o manejen material explosivo de manera permanente y les faculta para su transportación con el único requisito de cumplir las medidas que se precisen en el permiso otorgado, se explica.

La reforma al artículo 60 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos plantea que para el transporte dentro del territorio nacional de armas, objetos y materiales peligrosos deberá obtenerse permiso de la Secretaría de la Defensa Nacional, quien certificará las medidas de seguridad adoptadas por el transportista y notificará a las autoridades estatales correspondientes la ruta que seguirá hasta realizar la entrega.

Sugiere la expedición de una licencia de manejo especial para los conductores que transportan materiales explosivos, además de que deberán recibir un curso especializado en el manejo de estas sustancias, antes de recibir la licencia.

También establecer un convoy con carro guía y uno de retaguardia con sonido de alarma, así como llevar el material y equipo necesario para enfrentar cualquier siniestro que se presente.

Además, evitar el cruce por poblaciones o, en su caso, coordinarse con las autoridades locales para el bloqueo de calles o carreteras y evitar accidentes de cualquier naturaleza.

Propone que sólo se transporte el material explosivo por carreteras federales o de cobro de cuatro carriles, y que los conductores no manejen más de 12 horas seguidas; también deberán llevar una bitácora de viaje, supervisada y verificada.

Las modificaciones al artículo 61 señalan que la transportación que se derive de permisos concedidos por la Sedena deberá ajustarse a las medidas de seguridad que establecen las leyes, reglamentos y normas aplicables en materia de transporte de materiales peligrosos.

En caso de incumplimiento se prohibirá su salida del almacén o lugar de origen de la carga que será transportada y en caso de siniestro que produzca lesiones, muertes o destrucción de inmuebles, será retirado el permiso de manera inmediata a la empresa titular.

A la reunión asistió por parte de la Secretaría de Gobernación José Luis Romero Aguilar, subdirector de enlace entre las Fuerzas Armadas y esta dependencia; de la Sedena, el Teniente Coronel de Materiales de Guerra Dustano Rodríguez Montoya y el Teniente Coronel Raúl Quintanilla González; de Marina, el Contralmirante Diplomado de Estado Mayor, Virgilio Octavio Juárez Medina y, de SCT, Norma Angélica González, directora de Estudios Legislativos.

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