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Boletín N°. 2938 Aprueba el Pleno acuerdo para recepción del Informe Presidencial
  • El acuerdo señala que el Informe deberá entregarse por escrito antes de las 17:00 horas, hora prevista para el inicio de la sesión del Congreso General.
  • El acto de recepción se efectuará en el lugar de las instalaciones de la Cámara de Diputados que disponga el Presidente del Congreso. Los secretarios, diputados y senadores, darán fe de la recepción del documento escrito del Ejecutivo federal y extenderán la constancia que corresponda.
  • Después de la intervención de los Grupos Parlamentarios en el Pleno de sesiones, se procederá a la declaratoria formal de recepción por parte del Presidente del Congreso.

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el acuerdo parlamentario que señala que el Informe Presidencial deberá entregarse por escrito antes de las 17:00 horas del día primero de septiembre de 2008, que es la hora prevista para la sesión del Congreso General.

El documento presentado por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y avalado por el Pleno, en la Sesión Preparatoria de hoy, tiene por objeto normar el formato para el desarrollo de la sesión de Congreso General para la apertura del primer periodo ordinario de sesiones del tercer año de ejercicio de la LX Legislatura.

Asimismo, regula el procedimiento y las formalidades necesarias para la recepción y trámite del Informe por escrito, sobre el estado general que guarda la administración pública del país, que deberá presentar el presidente de la República el lunes primero de septiembre de 2008.

Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 69 de la Constitución Política, que establece el nuevo régimen relativo al Informe Presidencial; la forma y términos en que el Ejecutivo Federal debe presentar al Congreso de la Unión el informe anual en el que por escrito manifieste el estado general que guarda la administración pública del país.

El informe presidencial será recibido el propio día primero de septiembre de 2008 por las mesas directivas de las respectivas Cámaras, para efectos de su formal presentación en la sesión de Congreso General en la que se declara la apertura del primer periodo de sesiones ordinarias. En todo caso deberá estar presente un secretario de cada una de ellas.

El Presidente del Congreso de la Unión convendrá la hora de recepción del informe por escrito que presenta el Presidente de la República, en la inteligencia de que la entrega deberá efectuarse antes de las 17:00 horas del día primero de septiembre de 2008.

El acto de recepción del informe se efectuará en el lugar de las instalaciones de la Cámara de Diputados que disponga el Presidente del Congreso de la Unión. Los secretarios, diputados y senadores, darán fe de la recepción del documento escrito del Ejecutivo Federal y extenderán la constancia que corresponda.

En la sesión de Congreso General, después de que se haya hecho la declaratoria de apertura de los trabajos, la Secretaría procederá a dar cuenta de la recepción del informe y entregará dicho documento al presidente del Congreso.

Una vez que tenga en su poder el documento, el Presidente del Congreso de la Unión formulará en voz alta la siguiente declaratoria: "el Honorable Congreso de la Unión declara formalmente cumplida la obligación del Presidente de la República a que se refiere el párrafo primero del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos".

Acto seguido, el Presidente del Congreso ordenará la remisión a las Cámaras de Diputados y de Senadores de los ejemplares correspondientes del informe a fin de que se aboquen por separado al análisis correspondiente.

La sesión del Congreso General tendrá lugar a las 17:00 horas del lunes primero de septiembre de 2008, en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, conforme al siguiente orden del día:

Lista de asistencia, declaración de apertura, intervenciones de los grupos parlamentarios alusivas a la apertura del citado período ordinario, recepción y trámite del Informe Presidencial con declaratoria formal de recepción por parte del presidente del Congreso de la Unión y lectura del Acta de la sesión del Congreso General.

El análisis del informe, que cada Cámara deberá revisar y, en su caso, la formulación de preguntas por escrito al presidente de la República en la comparecencia de servidores públicos para rendir informes, serán definidos por cada una de ellas, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 93 de la propia Constitución.

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