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Boletín N°. 3348 Conoce el Pleno, en primera lectura, dictamen que crea la Ley General de Contabilidad Gubernamental

En la sesión de hoy, la Cámara de Diputados conoció en primera lectura el dictamen por el que se expide la Ley General de Contabilidad Gubernamental y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El dictamen de las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública tiene como objetivo establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización.

Se menciona que los entes públicos aplicarán la contabilidad gubernamental para facilitar el registro y la fiscalización de los activos, pasivos, ingresos y gastos, y contribuirá a medir la eficacia, economía y eficiencia del gasto e ingresos públicos, así como la administración de la deuda pública, incluyendo las obligaciones contingentes y el patrimonio del Estado.

Sesiones de los tribunales colegiados de circuito

A fin de que las sesiones de los tribunales colegiados de circuito sean grabadas para obtener la creación de un archivo digital de su desarrollo, se conoció en primera lectura un dictamen de la Comisión de Justicia por el que se reforma el artículo 184 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política, y el artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

El dictamen señala que con esto se permitirá que el Consejo de la Judicatura Federal finque las responsabilidades a los magistrados que en su caso cometan una falta inherente a la función que desempeñan.

Se indica que el Consejo de la Judicatura Federal regulará, recopilará, documentará, seleccionará y difundirá los archivos para conocimiento público, lo anterior en apego a las normas en materia de transparencia y acceso a la información pública.

Junta de Gobierno para Prevenir y Eliminar la Discriminación

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables se conoció un dictamen que reforma el último párrafo del artículo 23 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, a efecto de que en su Junta de Gobierno del Consejo Nacional se incluyan como invitados permanentes con derecho a voz, pero no a voto, un integrante de la Cámara de Diputados y a uno de la de Senadores.

El objetivo será coadyuvar a impulsar acciones de información, sensibilización, capacitación y divulgación que favorezcan la convivencia en la diversidad, el respeto a la diferencia y la igualdad.

Dictamen de la Comisión de Hacienda

El Pleno Camaral se enteró del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, que reforma diversas disposiciones de las Leyes del Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos, y de Coordinación Fiscal.

Se reforma la fracción IX de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, a fin de incorporar los fondos de aseguramiento agropecuario y rural, para evitar arbitrajes en relación con los fondos de aseguramiento y las sociedades mutualistas de seguros por razones de carácter fiscal.

La modificación al artículo 14 B de la Ley del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos establece en tasa cero, el impuesto para los automóviles eléctricos nuevos, así como de aquellos que cuente con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno.

En cuanto al artículo 14 E de la misma ley, se establece un nuevo cálculo de impuesto para las motocicletas de hasta nueve años, multiplicando los años de antigüedad por el factor de depreciación.

Asimismo, es modificado el artículo 4-B de la Ley de Coordinación Fiscal, para que el Fondo de Extracción de Hidrocarburos esté conformado con el 0.6 por ciento del importe obtenido por el derecho ordinario sobre hidrocarburos, pagado por Pemex Exploración y Producción, en términos de lo previsto en el artículo 254 de la Ley Federal de Derechos.

Brigadas especiales de salud

Asimismo, se conoció un proyecto de reforma de la Comisión de Salud, al artículo 184 de la Ley General de Salud, con el propósito de establecer la obligación de mantener permanentemente capacitadas y actualizadas las brigadas especiales.

Se menciona que es primordial para el personal contar con programas de capacitación continua para elevar el nivel de competencia profesional y su eficiente desarrollo, siendo no sólo un beneficio para los brigadistas, sino de la sociedad que será la primera favorecida con un personal mejor preparado.
De acuerdo a la Secretaría de Salud el costo anual estimado para fines de capacitación del personal dedicado a las Brigadas Especiales, ascendería a 800 mil pesos, presupuesto que garantizaría que por lo menos uno de cada cien brigadistas tenga acceso a dos cursos de capacitación por año.

Permisos y condecoraciones

Del mismo modo, se conocieron seis dictámenes de la Comisión de Gobernación por los que se concede permiso a diversos ciudadanos para prestar sus servicios a embajadas y consulados de gobiernos extranjeros, así como para aceptar y usar condecoraciones.

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