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Boletín N°. 3730 Limitan a 350 personas el número máximo de asistentes en actos masivos de la Cámara de Diputados

La Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados aprobó un acuerdo que establece los lineamientos para la celebración de actos masivos en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro.

El documento publicado en la Gaceta Parlamentaria precisa que el propósito de la Jucopo es fijar las normas que permitan la celebración de actos masivos en el Palacio Legislativo y precisar las condiciones de seguridad necesarias a quienes participen en ellas y de las personas que por razón de su trabajo o actividades personales o institucionales asistan al propio recinto.

Se señala que los actos masivos en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro no serán mayores a 350 personas, y que sólo podrán tener por objeto la expresión de temas vinculados con aspectos de índole legislativa, social, educativa o cultural.

Menciona que la realización de cualquier acto masivo deberá solicitarse por escrito con una anticipación no menor de cinco días hábiles a la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, la cual remitirá a la Jucopo la solicitud, acompañada de su opinión.

En los casos en que a juicio de la Jucopo, considerando la opinión de la Presidencia de la Mesa Directiva, se acuerde la improcedencia de la autorización para el acto masivo que se trate, lo comunicará al solicitante, motivando su determinación, subraya.

Los actos masivos deberán desarrollarse conforme a los lineamientos de la autorización que, en su caso, otorgue la Jucopo, la cual tomará en consideración la opinión de la Presidencia de la Mesa Directiva, y precisará el sitio específico de realización, el día y horario en que podría llevarse a cabo el acto.

Para la realización de los actos, la Jucopo dispondrá lo correspondiente respecto del lugar en que podrán concentrarse las personas que intervengan en dicho acto.

La Secretaría General, a través de la Dirección General de Resguardo y Seguridad, será la encargada de proveer las medidas que garanticen la correcta utilización de los espacios autorizados y el señalamiento de las medidas de seguridad para los asistentes al recinto legislativo, añade.

La Dirección General de Resguardo y Seguridad establecerá los mecanismos indispensables para asegurar, cuando así proceda, el ingreso y la salida de las personas participantes en el acto correspondiente.

Se argumenta que es preciso establecer medidas de seguridad para racionalizar el acceso y la salida de personas asistentes a los actos que se llevan a cabo en el Recinto Legislativo y que permita a las áreas responsables de la Cámara de Diputados la verificación y el registro.

“Es indispensable adoptar las acciones que correspondan para vigilar adecuadamente que los asistentes a los actos referidos se concentren en los sitios que hayan sido autorizados, evitando que su dispersión provoque afectaciones a las labores que se desarrollan en el Palacio Legislativo”.

La Jucopo enfatiza que, desde el punto de vista de protección civil, no es recomendable la concentración de personas en número mayor de mil en la plaza legislativa, en virtud de que ésta no cuenta con la capacidad de soportar el peso que puedan significar dichas concentraciones.

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