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Boletín N°. 3867 Presenta el PVEM iniciativa para establecer bases legales sobre aplicación de la pena de muerte

Diversas encuestas señalan que ocho de cada 10 mexicanos rechazan los avances en el combate al secuestro y más del 60 por ciento de la población no cree en la depuración policiaca. Asimismo, en los diez primeros meses de 2008 hubo un incremento cercano al 10 por ciento en la comisión de delitos del fuero común.

Ante ello, se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Justicia y de Seguridad Pública la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, del Código Penal Federal, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.

Las reformas, impulsadas por diputados del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), pretenden establecer las bases que permitan regular los supuestos en los que será aplicada la pena de muerte, estableciendo expresamente que no se ejercerá cuando se trate de persecución política y en los demás casos que prevea la legislación penal.

En el documento se argumenta que es necesario que los órganos encargados de la prevención del delito, de la procuración y administración de justicia y ejecución de sanciones realicen sus funciones de manera eficaz y eficiente.

Con las modificaciones al Código Penal Federal se suscribirán los supuestos específicos en los que será aplicada la pena de muerte tratándose de los delitos de competencia federal; además, instaurará que en caso de falta de reconocimiento legítimo, el juez no podrá sentenciar este tipo de pena.

Las reformas al Código Federal de Procedimientos Penales buscan que cuando se condene a pena de muerte, las resoluciones de los tribunales deberán, en todo caso, contener una descripción pormenorizada de las pruebas desahogadas, del valor que se les dio y de los razonamientos que lo sustentan, de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, sean favorables o desfavorables.

En tanto, la adecuación a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación es para prever que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la instancia que conozca de los juicios de amparo directo que se promuevan en contra de las sentencias penales que confirmen la pena de muerte.

Ley Federal de Protección al Consumidor

A la Comisión de Economía se enviaron dos iniciativas; la primera, a cargo de la diputada Elsa Guadalupe Conde Rodríguez (PSD), para reformar el artículo segundo de la Ley Federal de Protección al Consumidor, con el propósito de que se reconozca a las niñas, niños y adolescentes como consumidores, lo que permitirá que se les brinde la protección legal a la que tienen derecho.

En su exposición de motivos, la legisladora informa que los mexicanos gastan alrededor de 240 mil millones de pesos (mmdp) al año en la compra de comida chatarra y sólo 10 mmdp en el consumo de alimentos básicos; además, los niños gastan al año, en promedio, 20 mmdp en golosinas.

Abunda que el resultado es un ambiente tendiente a la obesidad, donde los hábitos alimentarios se deterioran y la diabetes, ligada con el sobrepeso, es la principal causa de muerte, amputaciones y ceguera, por lo que se necesita regular la publicidad dirigida a este sector.

La segunda iniciativa reforma el artículo primero de la Ley Federal de Protección al Consumidor, suscrita por los diputados Jesús Sesma Suárez y Manuel Salgado Amador, ambos del PVEM; propone se incluya la educación y divulgación sobre el llamado consumo inteligente de productos y servicios que garanticen la libertad para escoger por parte de la ciudadanía.

Así, el reconocimiento de las personas como sujetos de derechos vinculados al consumo de bienes y servicios está estrechamente relacionado con el derecho al consumo informado y a su protección ante cualquier arbitrariedad.

Se amplía a dos años el plazo para créditos fiscales

Se canalizaron a las comisiones unidas de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público, las reformas a los artículos 297 y 304 de la Ley del Seguro Social y el artículo 67 del Código Fiscal de la Federación, a cargo del diputado Miguel Ángel González Salum (PRI), a fin de que el plazo para determinar los créditos fiscales sea de dos años.

Con este cambio, se da suficiente tiempo para la fiscalización por parte del IMSS, por 12 meses, y se amplía a un año más la capacidad del instituto para determinar los créditos fiscales, ya que la tecnología de la que se dispone en la actualidad permite que la determinación sea expedita. Por lo tanto, se cumple con el objeto de hacer más eficiente al instituto al reducir su capacidad sancionatoria en razón de su inactividad.

Cambio climático

Con el propósito de implementar las líneas de acción que atiendan de manera integral el tema de cambio climático en el ámbito de salud, se turnó a la Comisión de Salud, una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del sector.

Las modificaciones pretenden circunscribir en las líneas de investigación el análisis de la vulnerabilidad de la población y las medidas de adaptación frente a los efectos del cambio climático, así como agregar en los objetivos de la educación para la salud información sobre medidas de adaptación.

Impulsar la economía a través de proyectos propios

A fin de ampliar la regulación en materia de preparación de estudios, planes y programas para la realización de obras asociadas a proyectos de infraestructura no solicitados, es decir, de aquellos que cualquier persona física o moral presenten por iniciativa propia, se envió a las comisiones unidas de Función Pública y de Presupuesto y Cuenta Pública reformas a la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas y de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

La iniciativa considera que el impacto que tendría en el impulso de la economía la ejecución de todo tipo de proyectos de infraestructura, se estima necesario prever en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, que la presentación de estudios por parte de los interesados pueda realizarse en cualquier sector y no sólo en los de comunicaciones, transportes, hidráulico, medio ambiente y turístico, como hasta ahora.

Anular confesiones si se comprueba tortura

Las reformas a los artículos 27-Bis y 279 del Código Federal de Procedimientos Penales, del diputado Gerardo Vargas Landeros (PRI), propone establecer la nulidad de lo actuado en un proceso penal en el que se ha comprobado que la confesión que se obtuvo fue a través de tortura y que se ha llevado todo un proceso viciado que pone en peligro la libertad y goce de derechos de quien sufre este tipo de actos.

Con las modificaciones se dará coherencia con lo propuesto en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura y, en consecuencia, se logrará su real aplicación. Se remitió a la Comisión de Justicia.

Tratamiento psiquiátrico especializado

El diputado Leonardo Magallón Arceo (PAN) presentó una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, para que los jueces tengan la facultad de determinar si quien cometió algún delito sexual, además de la pena que le corresponda, deba sujetarse a un tratamiento psiquiátrico especializado.

En tribuna, el legislador destacó que actualmente 16 mil niñas, niños y adolescentes son utilizados en prácticas de prostitución, pornografía, turismo sexual y tráfico con fines de explotación sexual; por lo que además de las sanciones previstas por la ley se debe implementar esta práctica, para optimizar los recursos disponibles, en función de las necesidades de cada sujeto, con el objetivo de aumentar la seguridad pública. Se canalizó a la Comisión de Justicia.

Dar certeza a servidores públicos

A la Comisión de Gobernación se turnó la iniciativa del diputado Martín López Cisneros (PAN), que adiciona el artículo 170-Bis al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a fin de otorgar certeza respecto al cómputo de plazos y términos previstos para realizar distintas acciones de los servidores y funcionarios públicos.

Así, se dará certeza a los sujetos obligados a observar y aplicar el Cofipe, respecto de los plazos y términos que éste prevé, aclarando que deben ser considerados en días hábiles, siempre y cuando no se esté en procesos electorales federales donde todos los días y horas son hábiles.

Lo anterior es importante, considerando que los plazos previstos son para ejercer una acción o cumplir con alguna obligación y que al transcurrir dicho plazo se perderá la oportunidad de realizarlo y, en algunos casos, por dicha omisión se hacen acreedores a algún tipo de sanción.

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