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Boletín N°. 3877 Proporcionar educación adecuada a niños con aptitudes sobresalientes

• Conoce el Pleno siete dictámenes de primera lectura
Durante la sesión de hoy, el Pleno conoció en primera lectura un dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para modificar la Ley General de Educación con el objetivo de brindar atención educativa pertinente, adecuada y de calidad a los niños y jóvenes con capacidades y aptitudes sobresalientes (CAS).
La reforma al artículo 41 de ese ordenamiento, consiste en que para la identificación y atención educativa de los alumnos con CAS la autoridad educativa federal establecerá lineamientos para evaluación diagnóstica, modelos pedagógicos y mecanismos de acreditación y certificación necesarios en los niveles de educación básica, educación normal, así como la media superior y superior en el ámbito de su competencia.
Establece que las instituciones que integran el Sistema Educativo Nacional se sujetarán a dichos lineamientos.
Señala que las instituciones de educación superior autónomas podrán establecer convenios con la autoridad educativa federal para homologar criterios de atención, evaluación, acreditación y certificación, dirigidos a alumnos con CAS.
Apoyo a menores víctimas de violación
También se presentó otro de reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley de Asistencia Social, para incluir como sujetos preferentes de la asistencia social, a las niñas y adolescentes embarazadas producto de una violación.
En el documento de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, se advierte que el fenómeno del abuso sexual a menores ha ido en incremento, principalmente en el entorno familiar; lo que resulta alarmante, ya que se supone que en este contexto es donde se debería proteger su integridad física y emocional.
Ley de Ciencia y Tecnología
Otro dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología, para impulsar el desarrollo de México por la vía de la actividad innovadora, entendida como la capacidad de generar un nuevo producto, diseño, proceso, servicio, método u organización o añadir valor a los existentes.
Se busca vincular al sector productivo con el sector académico, rediseñando un sistema nacional que la impulse, favoreciendo el establecimiento y eficacia de programas específicos y apoyos que incentiven las inversiones del sector privado.
Modifica también el nombre del Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico para denominarlo Consejo General de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación y se le dota de atribuciones complementarias de política y coordinación en materia de innovación.
Además, la creación de un nuevo Comité Intersectorial para la Innovación, integrado por el titular de la Secretaría de Economía, el Director General del CONACYT y el titular de la Secretaría de Educación Pública, entre otros, para orientar acciones que favorezcan la innovación.
Igualmente, facultar a los órganos de gobierno de los Centros Públicos de Investigación a que aprueben lineamientos que permitan otorgar al personal académico hasta el 70 por ciento de las regalías que generen las invenciones protegidas por la Ley de la Propiedad Industrial, ello sin ocasionar contradicciones con lo previsto por la Ley de la Propiedad Industrial.
Ley del Mercado de Valores
Uno más, con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción VI Bis al artículo 104 de la Ley del Mercado de Valores, que busca fortalecer el régimen de revelación de información y dotar de mayor transparencia las operaciones con derivados financieros, para que el público inversionista haga una correcta valoración del riesgo de los productos que adquiera.
Se obliga a revelar información de las emisoras, con valores inscritos en el Registro Nacional de Valores, a fin de que presenten reportes periódicos sobre las posiciones que mantengan en instrumentos financieros derivados, así como de las posibles contingencias sobre la situación financiera de las emisoras, sin perjuicio de otros elementos que determine la CNBV y de la obligación de difundir los eventos relevantes.
Este dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público señala que la creciente complejidad de algunos derivados financieros creados, puede provocar desventajas cuando se emplean como medios para obtener ganancias rápidas en periodos de elevada volatilidad. “Por ello es relevante el problema de información asimétrica que surge cuando las emisoras no informan oportunamente a sus clientes sobre el verdadero riesgo de los productos que ofertan, así como la calidad de sus carteras de inversión”.
Código Fiscal de la Federación
Asimismo, el dictamen a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.
Se propone modificar y adicionar diversos artículos del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, con el objetivo de modificar el recurso de revocación y garantizar su eficacia, toda vez que es el medio de defensa administrativa de los afectados por resoluciones de carácter tributario para resolver sus conflictos con autoridades fiscales.
Explica que los obligados deben hacerse cargo inmediatamente de la exigibilidad de los créditos fiscales y el inicio del procedimiento administrativo de ejecución, pues los adeudos tributarios se actualizan en todo momento y la acumulación de recargos corre a cargo del contribuyente.
Entre otras cosas, se busca disminuir la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales federales, ya que el recurso de revocación satura la justicia administrativa, genera rezagos en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y conduce a la creación piramidal de tribunales colegiados en la materia.
Evaluar recursos públicos de banca de desarrollo
El dictamen a la minuta con proyecto de decreto para reformar la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley Orgánica de Nacional Financiera, a fin de incluir un sistema de indicadores que permita evaluar el impacto que el uso de los recursos públicos confiados a la banca de desarrollo y a los fideicomisos públicos de fomento económico tengan en beneficio de su población objetivo.
Se propone que dos instituciones académicas de prestigio realicen los estudios que correspondan a efecto de evaluar a las instituciones de banca de desarrollo y fideicomisos públicos de fomento económico.
La transparencia en la información de las operaciones e indicadores confiables que midan el desempeño de las entidades de banca de desarrollo y los fideicomisos públicos de fomento, es de especial relevancia para evaluar los productos y servicios ofrecidos por dichas entidades.
Ampliar plazo de prescripción de pólizas de seguros
Las reformas las Leyes sobre el Contrato de Seguro, y de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, tienen como objetivo ampliar el plazo de prescripción de las pólizas de seguros y establecer en la ley un procedimiento transparente que permita saber a las personas si son beneficiarias de alguna póliza de seguros.
Este dictamen elaborado por la Comisión de Hacienda y Crédito Público señala que al modificar la Ley sobre el Contrato de Seguro, las acciones que se deriven de un contrato prescriban en cinco años, tratándose de la cobertura de fallecimiento en los seguros de vida, y en dos años, en los demás casos, contando los plazos de prescripción desde la fecha del acontecimiento que les dio origen.
La reforma al artículo 52 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, busca establecer lineamientos básicos sobre derechos de los beneficiarios e información y transparencia de los seguros contratados, para que cualquier persona beneficiaria de algún seguro de vida pueda acudir a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) a solicitar información.
Con ello se elimina el convenio del sistema de información sobre asegurados y beneficiarios de seguros de vida entre la Condusef y la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, que surgió por el elevado número de seguros de vida que no se cobraron porque los beneficiarios no se enteraron de contaban con ese beneficio.
Posteriormente, se levantó la sesión y se citó para la próxima, que tendrá lugar el jueves 12 de marzo a las 11:00 horas.

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