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Boletín N°. 4042 Ocupa México el segundo lugar del mundo en producción de pornografía infantil

•La tendencia o posesión de estos materiales no está penado por la Ley

•Por la impunidad, su distribución y venta se hace de manera pública

En México, la explotación sexual de menores a través de Internet se incrementa aceleradamente, ya que ocupa el tercer lugar en la lista de delitos cibernéticos, después de los fraudes y las amenazas, denunció el diputado Miguel Ángel Macedo Escarpín (PRD).

El integrante de la Comisión de Seguridad Pública dijo que la pornografía infantil constituye un problema de dimensión internacional, que se amplifica con la irrupción de nuevas tecnologías, mismas que transforman las pautas de producción y difusión de este tipo de material.

Puntualizó que esto ocurre por la transformación de la producción y difusión de la pornografía infantil en general, y particularmente aprovechando el escenario que facilita las nuevas tecnologías.

La transnacionalidad del fenómeno, mencionó, obliga a buscar consenso sobre la tipificación de la denominada pornografía infantil virtual, la pornografía pseudoinfantil, la posesión para el consumo o, en último término, la edad de los menores.

De acuerdo con la red internacional End child prostitution, child pornography and trafficking of children for sexual purposes (Ecpat), en el informe global de monitoreo de las acciones en contra de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes realizado en la Ciudad de México, indica que nuestro país es considerado el segundo en el mundo con mayor producción de pornografía infantil, pero la tenencia o posesión de material pornográfico infantil no está sancionada por las leyes.

La impunidad, mencionó, contribuye al incremento de la oferta de material pornográfico infantil, ya que su venta se vuelve abierta y pública, como ocurre en Tepito y La Merced, de la capital del país.

Macedo Escarpín indicó que las nuevas tecnologías han modificado sustancialmente la naturaleza de la pornografía, pues las cámaras digitales y las grabadoras de video facilitan una producción de costo reducido, así como un menor riesgo de detección.

La reproducción, abundó, también ha mejorado ya que las imágenes digitalizadas no envejecen ni pierden su calidad al copiarlas, la distribución del material pornográfico se ha convertido ahora en algo fácil, barato y rápido mediante Internet.

“La naturaleza especial de la red de redes, su carácter global que suprime los límites tradicionales de las leyes nacionales ha convertido la detección y persecución de este tipo de delitos en algo notablemente difícil”.

Ante ese panorama, impulsa una iniciativa que modifica el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para que la Secretaría de Seguridad Pública elabore reglamentos y acciones que prevengan de manera eficaz la comisión de delitos relacionados con las publicaciones y transmisiones que se dan en las redes de comunicación pública.

Entre ellas, las que dan proveedores, servidores, administradores y usuarios de archivos de datos en la red pública de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos, con la finalidad de proteger el normal desarrollo de los niños, las niñas y los adolescentes.

“No sólo debemos fijarnos en el material pornográfico infantil, sino también en todos aquellos contenidos en general que provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden público”, enfatizó.
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