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Boletín N°. 4081 Dan voto aprobatorio 18 congresos locales a reforma constitucional para protección de datos personales

La Cámara de Diputados declaró adicionado un párrafo segundo al artículo 16 de la Constitución Política en materia de protección de datos personales.

El artículo agregado establece que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.

La declaratoria se realizó después de que la secretaría de la Mesa Directiva dio fe de la recepción de 18 votos aprobatorios correspondientes a las legislaturas de Aguascalientes, Baja California, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.

Ésta señala: “El Congreso General en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución General de la República y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados, declara: Adicionado un párrafo segundo al artículo 16 de la Constitución Política”.

El documento se canalizó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Ley de Instituciones de Crédito

Durante la Sesión, se conoció en primera lectura reformas al artículo 65 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito a fin de que se establezca que los contratos de crédito simple que celebren las instituciones de crédito se ajusten a lo dispuesto por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

También que puedan establecer garantías reales sobre bienes muebles o inmuebles, los bienes sobre los cuales se constituya la prenda, en su caso, podrán quedar en poder del deudor y éste podrá usar y disponer de la prenda que quede en su poder, conforme a lo que se pacte en el contrato.

Con esta reforma se prevé que en los casos en que se establezca una garantía prendaria o hipotecaria, se consignarán, según convenga a las partes y cualquiera que sea su monto, en póliza ante corredor público titulado, en escritura pública o en contrato privado, que en este último caso se firmará por triplicado ante dos testigos y se ratificará ante notario público, corredor público titulado, juez de primera instancia en funciones de notario o ante el encargado del Registro Público correspondiente.

Lo que sin duda, añade, beneficiará a las empresas que requieran financiarse bajo el esquema del crédito simple, promoviendo políticas de competencia empresarial, ya que la legislación vigente únicamente contempla la posibilidad que se consignará ante Notario Público.

Recursos para educación media superior

Del mismo modo, los legisladores se enteraron de un dictamen de las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Educación Pública y Servicios Educativos, que reforma el artículo 40 de la Ley de Coordinación Fiscal, que busca incluir a la educación media superior como objetivo en el Fondo de Aportaciones Múltiples.

Se precisa que en 2009 el presupuesto Federal para la educación media superior alcanzó 0.41 por ciento del PIB comparado con 2.17 por ciento que recibirá la educación básica, y 0.69 en educación superior y posgrado.

“Deben encontrarse nuevos mecanismos de inversión pública, definidos con las necesidades de la población como premisa. La pirámide poblacional, el desarrollo social y económico del país, demandan mayor atención para el nivel medio superior y así mejorar sustantivamente los indicadores de cobertura, calidad y equidad”.

El dictamen incluye un artículo segundo transitorio, para que en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para los ejercicios 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, la Cámara de Diputados provea lo conducente a fin de que la asignación de recursos no distribuibles geográficamente del Fondo de Aportaciones Múltiples, se incremente para el nivel medio superior.

Refiere que datos del 2006, de la Secretaría de Educación Pública y del Consejo de Especialistas de la Educación, muestran que la cobertura en Educación media superior alcanzó 3.7 millones de estudiantes, y que la población escolar de este nivel educativo, equivale al 58.6 por ciento del grupo de edad entre 15 y 17 años; y únicamente 58 por ciento de los inscritos logran concluir estudios.

Amparo

Un tercer dictamen, en primera lectura, corresponde a un proyecto de decreto que reforma el párrafo primero y deroga el párrafo tercero del artículo 3 Bis de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política.

El objetivo del dictamen de la Comisión de Justicia es permitir que cuando las multas previstas en esta ley se impongan en razón de días de salario, para calcular su importe se tendrá como base el salario mínimo general vigente en la zona geográfica que corresponda al momento de realizarse la conducta sancionada.

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