Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Boletín N°. 4095 Podrá la ASF fincar responsabilidades resarcitorias a particulares que dañen patrimonio nacional

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 305 votos, el dictamen que expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y abroga la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

El presidente de la Comisión de la Función Pública, Benjamín González Roaro (PAN), señaló en tribuna que uno de los aspectos particulares de esta ley consiste en dotar de facultades a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) para solicitar información de otros ejercicios fiscales cuando sus investigaciones lleguen a requerirla, sin perjuicio del principio de anualidad.

Por otro lado, agregó, obliga a las entidades fiscalizadas lleven un control y registro contable, patrimonial y presupuestario, de acuerdo a lo que establece la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Mencionó que a través de esta nueva normatividad se otorga potestad a la ASF para realizar auditorías sobre el desempeño, en el cumplimiento de los objetivos de los programas federales.

Asimismo, para fiscalizar directamente los recursos de la Federación que administren o ejerzan los estados, municipios y aquellos que se destinen y que se ejecuten por cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, así como los transferidos a los fideicomisos, fondos o cualquier otra figura jurídica.

“También se incorpora de manera importante el programa para la fiscalización del gasto federalizado, cuyo objeto será fortalecer el alcance, profundidad, calidad y seguimiento de las revisiones realizadas por la ASF al ejercicio de los recursos federales transferidos a los órdenes de gobiernos locales”, dijo.

González Roaro añadió que otro punto relevante es la facultad que se le otorga a la ASF para fincar responsabilidades resarcitorias a particulares que dañen la hacienda pública y el patrimonio nacional.

Asimismo, dijo, el máximo órgano de fiscalización del país podrá aplicar multas para sancionar irregularidades que sustente en el proceso de revisión de la Cuenta Pública. “Se integró en el articulado la figura de la Contraloría Social, a través de la cual la sociedad podrá participar y contribuir para mejorar el funcionamiento de la revisión de la cuenta pública”.

Concluyó que con esta ley se contará con un proceso de fiscalización eficiente que se verá reflejado en una efectiva revisión de cuentas al transparentar el uso de los recursos públicos bajo el firme propósito de satisfacer la demanda ciudadana de contar con un gasto público sujeto al escrutinio puntual y de resultados esperados.

Por el grupo parlamentario del PAN, la diputada María del Carmen Fernández Ugarte indicó que su grupo parlamentario hizo el compromiso de privilegiar la transparencia y la rendición de cuentas, imprescindibles como garantes del ejercicio claro y oportuno de los recursos públicos.

Cada mexicano, dijo, debe saber a dónde llega y específicamente en qué se gasta cada peso con el que contribuye al gasto público. “Cuidar los recursos de la ciudadanía es fundamental, pero particularmente hay que cuidarlos bien ahora que la economía atraviesa momentos tan difíciles”.

Enseguida, el presidente de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, Antonio Ortega Martínez (PRD), dijo que con esta nueva ley se da un paso importante en el fortalecimiento de la fiscalización, pues se amplían las facultades de la auditoría “y con ello contaremos con nuevos y más poderosos instrumentos para el combate a la corrupción y la impunidad”.

Además, continuó, se amplía la transparencia y mejora la rendición de cuentas, para una mayor calidad de nuestra democracia.

En su oportunidad, el diputado Javier Guerrero García (PRI) señaló que la iniciativa de Ley de Fiscalización, las reformas constitucionales y la recién aprobada Ley de Contabilidad Gubernamental consolidarán una cultura de rendición de cuentas y la certeza de la sociedad de que se cuenta con instrumentos jurídicos y políticos para fiscalizar el ejercicio de los recursos públicos.

Sin embargo, aseguró que ninguna reforma fiscal será suficiente de no existir orden y racionalidad en el gasto del gobierno. Dijo que la LX Legislatura debe cumplir con su responsabilidad de materializar las disposiciones que la propia legislatura impulsó y dotar a la administración pública, sociedad y Congreso de instrumentos jurídicos y constitucionales que permitan avanzar en la consolidación de la cultura de la rendición de cuentas.

La diputada Guillermina López Balbuena (PRI) afirmó que la rendición de cuentas es un elemento esencial de toda democracia para afianzar la credibilidad de la ciudadanía en sus gobernantes; controlar el abuso del poder y garantizar que los gobernantes cumplan con transparencia, honestidad, eficiencia y eficacia.

Dijo que en esta administración ha sido ineficiente la política de exigir la rendición de cuentas por parte de su funcionarios. “Basta de tolerar amiguismos, compadrazgos y tráfico de influencias para hacer negocios familiares.

El diputado Alberto Amador Leal (PRI) sostuvo que la nueva ley constituye un avance importante, “pero faltan pasos definitivos para dotar al Poder Legislativo de un instrumento de capacidades técnicas y jurídicas para ser un Poder de equilibrio frente al Ejecutivo”.

Por el PVEM, Alan Notholt Guerrero señaló que con esta ley todos los servidores públicos de los tres órdenes de gobierno y las personas físicas o morales, públicas y privadas, que capten, reciban, administren, manejen, recauden, ejerzan y custodien recursos públicos federales deberán atender los requerimientos que formule la Auditoría Superior de la Federación.

Manifestó su voto a favor del dictamen porque busca establecer obligaciones de servidores públicos y de quienes administren recursos federales para facilitar el trabajo de esa instancia. “Esta ley y el paquete de leyes que se votará, da a la Auditoría y a la Comisión de Vigilancia de la ASF más recursos para que las cuentas sean mucho más claras dentro de la administración pública federal.

“Los recursos públicos federales han sido presa de diversos fraudes que han generado pérdidas en el erario federal, por eso incorporamos como sujetos de fiscalización a quienes expidan recibos deducibles de impuestos ya que representan un gasto fiscal y obtienen un beneficio de la federación, por la vía tributaria y no por el presupuesto”.

En su oportunidad, el diputado José Manuel del Río Virgen (Convergencia) manifestó el voto de su grupo parlamentario a favor del dictamen porque “no seremos tapadera de nadie y exigimos que los procesos de fiscalización tengan toda la fuerza para poder supervisar que el dinero público se ejerza con toda honradez”.

Dijo que es necesario dotar de fortaleza legal y moral a la Auditoría Superior de la Federación, que no permita ninguna sospecha de que exista conflicto de intereses o sesgue el proceso de vigilancia.

Reiteró el compromiso de su bancada para acabar con la opacidad que existe en el poder Ejecutivo, en algunos municipios y estados, y se tiene que castigar a quien se robe el dinero del erario.

Previo a ello, los diputados Lariza Montiel Luis (PAN), Pablo Trejo Pérez (PRD) y Andres Carballo Bustamante (PRI) reservaron los artículos 10, 76, 77, 85, 97 y 103 de Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación para su discusión en lo particular, mismos que fueron aprobados con 272 a favor y dos abstenciones.

La diputada Lariza Montiel explicó que la reserva que hizo a los artículos 10 y 103 fue para establecer con claridad la autoridad facultada para determinar las bases y normas relacionadas con la guarda o custodia de los documentos justificatorios o comprobatorios que deban conservarse, microfilmarse o procesarse electrónicamente.

En este sentido, el artículo 10 quedó como sigue: Las bases y normas para la baja de documentos justificatorios y comprobatorios para efecto de destrucción guarda o custodia de los que deban conservarse, microfilmarse o procesarse electrónicamente, serán determinadas por el Consejo Nacional de Armonización Contable, en términos de la Ley de General Contabilidad Gubernamental.

“Por cuanto hace a la reserva al artículo 103, éste tiene por objeto establecer que la Unidad que forma parte de la comisión proponga a ésta los sistemas de evaluación de desempeño, pero no sólo los que se utilicen para evaluar a dicha unidad, sino también los que se utilizarán para realizar la evaluación del desempeño de la Auditoría Superior de la Federación, toda vez que quien apruebe los sistemas será la comisión”.

El diputado Pablo Trejo dijo a su vez que la finalidad de modificar el artículo 77 es para eliminar la fracción XIII, respecto de elaborar los formatos conforme a los cuales la ASF deberá presentar el informe sobre la situación que guardan las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas contenidas en el artículo 79 fracción II del último párrafo de la Constitución.

Por lo que respecta al 97, dijo, se adiciona la palabra autónomamente para quedar: “La Auditoría Superior de la Federación ejercerá su presupuesto (autónomamente), aprobado con sujeción a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente y las demás disposiciones que resulten aplicables”.

Finalmente, el diputado Andrés Carballo explicó que la reserva del artículo 76, es para cambiar la palabra “requerir” por solicitar para quedar como sigue: Artículo 76.- Para los efectos de lo dispuesto en la fracción II y en el último párrafo de la fracción VI, del artículo 74 constitucional, la Cámara contará con la Comisión que tendrá las atribuciones de coordinar las relaciones entre aquélla y la Auditoría Superior de la Federación; evaluar el desempeño de esta última; constituir el enlace que permita garantizar la debida coordinación entre ambos órganos, y solicitar que le informe sobre la evolución de sus trabajos de fiscalización, con respeto a su autonomía técnica y de gestión, así como a la reserva de sus actuaciones y observaciones hasta que se rinda el Informe del Resultado.

Por lo que respecta al artículo 85, que establece las atribuciones del Auditor Superior de la Federación, dijo, se modifica la fracción XX en el cual se eliminan las palabras: previa opinión de la Comisión, para quedar como sigue: Expedir la política de remuneraciones, prestaciones y estímulos del personal de confianza de la Auditoría Superior de la Federación (se elimina previa opinión de la Comisión y) observando lo aprobado en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

El dictamen aprobado en lo general y en lo particular fue enviado al Senado de la República para su trámite correspondiente.

-- ooOoo --

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos