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Boletín N°. 4143 Avala el Pleno que la pederastia sea tipificada; se protege a niñas, niños y adolescentes

Con la unanimidad de 294 votos a favor, se aprobó un dictamen por el que se tipifica la pederastia, ya que este delito no se encuentra enlistado dentro de las infracciones que se cometen en contra de niñas, niños y adolescentes.

Para ello, se reforman los Códigos Penal Federal, de Procedimientos Penales; las Leyes para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; General de Educación; Asociaciones Religiosas y Culto Público; Federal de Protección al Consumidor y la Reglamentaria del artículo 5 Constitucional.

Entre los objetivos se encuentra imponer pena de nueve a dieciocho años de prisión y de setecientos cincuenta a dos mil doscientos cincuenta días multa, a quien se aproveche de la confianza, subordinación o superioridad que tiene sobre un menor de edad y lo obligue a ejecutar cualquier acto sexual.

Se indica que en aras de brindar protección a las víctimas y de ser congruentes con los daños causados por el agresor, las personas que cometan este ilícito deberán perder los derechos civiles que tengan sobre la víctima.

De igual manera, añade, si el activo cometió el delito en ejercicio del servicio público o de su profesión, se establece como sanción la inhabilitación o suspensión del ejercicio de dicha profesión.

En el Código Federal de Procedimientos Penales se adiciona al catálogo de delitos graves la pederastia, ello en correspondencia a la afectación que sufren las víctimas de este ilícito, además que se equipara mismo tratamiento de los delitos relativos a la trata de personas, que también son considerados como delitos graves.

Las reformas precisan que para la individualización de la pena, se plantea que el juez, además de considerar la gravedad del ilícito y el grado de culpabilidad del agente, valore la condición y calidad de la víctima u ofendido, así como la forma y grado de intervención del agente en la comisión del delito.

Ello, para posicionar a la víctima como sujeto de derechos y no sólo como objeto del delito, a través de la cual se le reconozca ante el juez, de manera directa, la afectación que puede sufrir con motivos de la comisión de delitos en su contra.

También son incorporados instrumentos nacionales e internacionales para otorgar mayor y mejor protección en cumplimiento al principio de interés superior de la infancia que consagra la Constitución Política y demás instrumentos internacionales que México ha ratificado.

Respecto a las reformas a la Ley para la Protección de los Derechos de los Niñas, Niños y Adolescentes, lo que buscan es evitar cualquier forma de maltrato, perjuicio, daño, agresión, abuso o explotación que puedan sufrir infantes.

A las asociaciones religiosas se les atribuye la obligación para que propicien y aseguren el respeto integral de los derechos humanos de las personas y se fomente, en el ámbito religioso, una cultura de denuncia que proteja a niñas, niños y adolescentes y, por ende, a la sociedad.

Del mismo modo, se faculta a la Profeco para que, en el caso de los proveedores de servicios educativos, difundan entre los consumidores la idoneidad del personal que labora para dichos centros, con el fin de asegurar pleno conocimiento de tales servicios, acerca de la aptitud certificada de su personal para relacionarse con infantes.

Las Comisiones dictaminadoras (Justicia y de Atención a Grupos Vulnerables) señalan que es fundamental dotar a las autoridades, tanto de procuración, impartición de justicia y de naturaleza administrativa, así como de elementos idóneos que permitan dar cabal cumplimiento a las normas nacionales e internacionales que benefician y protegen a nuestra población infantil.

Se mandó al Senado para sus efectos constitucionales.

Licencias y reincorporaciones

En la sesión se concedió licencia por tiempo indefinido a Claudia Sánchez Juárez, Luis Gustavo Parra Noriega y Carlos Madrazo Limón, del PAN; así como a Isael Villa Villa, del PRI, para separarse de su encargo como diputados federales.

Se conoció la reincorporación del diputado Rafael Plácido Ramos Becerril, de Convergencia, a los trabajos de la LX Legislatura.

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