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Boletín N°. 4144 Quedó reformada la Ley de Instituciones de Crédito

• Se garantiza la gestión de operaciones bancarias mediante comisionistas

En la sesión de hoy, el Pleno aprobó por 271 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones, reformas al artículo 46 Bis 1 de la Ley de Instituciones de Crédito, a fin de garantizar una sana gestión de las operaciones bancarias mediante comisionistas y que éstas sean autorizadas exclusivamente por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Las modificaciones plantean establecer límites individuales para operaciones de depósito, a efecto de que a través de los corresponsales no se lleven a cabo operaciones por montos elevados e impulsan se realicen directamente por las sucursales bancarias.

En ese sentido, se especifica, los topes individuales por estos movimientos a través de corresponsales serían de mil 500 unidades de inversión para retiros de efectivo y pago de cheques, así como de cuatro mil unidades de inversión para depósitos en efectivo.

La reforma también propone una serie de excepciones a efecto de fomentar el fortalecimiento de la banca en todos sus niveles. Primero, cuando los movimientos los realice una entidad de la Administración Pública la podrá hacer un comisionista; con esto se abre la posibilidad de aprovechar la infraestructura gubernamental para lograr la expansión de estos servicios a gran parte de la población.

Los límites individuales y agregados tampoco serán aplicables si el comisionista fuera otra institución de crédito, una casa de bolsa o una entidad de ahorro y crédito popular; de esa manera se fomentará el desarrollo de un mejor sistema bancario. Se envió al Senado para sus efectos constitucionales.

Fortalecer a los usuarios de servicios financieros

Posteriormente, se aprobó con 272 votos en pro, 7 en contra y 4 abstenciones las reformas a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, para adicionar el artículo 68 Bis 2, a fin de incluir el carácter de título ejecutivo en los dictámenes que emita la Condusef, para fortalecer la posición de los usuarios de servicios financieros y de la Condusef frente a las entidades financieras.

“Se considera de vital importancia que los consumidores de servicios financieros tengan la misma protección con la que cuentan los consumidores en general de bienes y servicios por un principio de justicia y equidad”. Se turnó al Senado para sus efectos constitucionales.

Incorporan derechos colectivos en la Constitución

La Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad, de 296 votos, el dictamen que adiciona un párrafo tercero al Artículo 17 de la Constitución para establecer las acciones y procedimientos para la tutela jurisdiccional de los derechos e intereses colectivos.

De acuerdo con el dictamen, la incorporación de los derechos e intereses colectivos al ordenamiento jurídico es un paso vital hacia el mejoramiento de acceso a la justicia de todos los mexicanos.

Agrega que la reforma coadyuvará en la construcción de un efectivo Estado de derecho, que proteja y defienda a todo ciudadano de forma adecuada, a través del sistema de las instituciones de administración de justicia.

Concluye que los derechos colectivos podrán establecerse en materia de protección al consumidor, usuarios de servicios financieros y de protección al ambiente. Se envió al Senado de la República para su trámite correspondiente.

Derechos Humanos reconocidos en la Constitución

El Pleno avaló con 287 votos a favor el dictamen a la iniciativa enviada por la comisión de Puntos Constitucionales que modifica la denominación del capítulo I y reforma diversos artículos de la Constitución Política en materia de derechos humanos, para precisar que todas las personas gozarán de estos derechos reconocidos por la Carta Magna y los tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano.

Agrega que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar y sancionar las violaciones a los derechos humanos.

Señala que las legislaturas de las entidades federativas garantizarán que los organismos para la protección de los derechos humanos cuenten con autonomía de gestión y presupuestaria, personalidad jurídica y patrimonio propios.

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