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Boletín N°. 4176 Establecen “Tabla de orientación de dosis máximas de consumo personal e inmediato”

• Reforman la Ley General de Salud y los Códigos Penal Federal y de Procedimientos Penales

Con 183 votos a favor, 88 en contra y 44 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, en materia de narcomenudeo.

La minuta refiere que el propósito de la reforma es fortalecer la labor que el Estado mexicano desarrolla en su pugna contra el narcomenudeo y precisa la corresponsabilidad que deben asumir el Gobierno federal y los gobiernos de las entidades federativas en la prevención de la posesión, comercio y suministro de narcóticos, así como en el castigo que habrá de imponerse por autoridad legítima a quienes incurran en su consumación.

Se define la penalidad y descripción típica del delito de narcomenudeo en sus diversas modalidades; se plantean mecanismos para el tratamiento médico y programas de prevención para farmacodependientes y no farmacodependientes; se insertan definiciones precisas para evitar problemas de interpretación.

Establece una “Tabla de Orientación de Dosis Máximas de Consumo Personal e Inmediato” y destaca que no se aplicará pena alguna al farmacodependiente que posea para su estricto consumo personal alguno de los narcóticos señalados en el propio ordenamiento.

La reforma impone al Ministerio Público o la autoridad judicial la obligación de informar de inmediato y, en su caso, dar intervención a las autoridades sanitarias competentes, cuando se trate de un farmacodependiente para los efectos del tratamiento que corresponda y se exigirá, en todo caso, que el sentenciado se someta al tratamiento médico para su rehabilitación, bajo vigilancia de la autoridad ejecutora.

Se envió al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

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