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Boletín N°. 4490 ISOSA, negocio lucrativo, concluye Comisión Investigadora

La Comisión para investigar a las aduanas concluyó que al amparo de la Ley Aduanera se creó un lucrativo negocio con la empresa Integradora de Servicios Operativos, S.A de C.V (ISOSA), donde participaron servidores públicos sin que exista claridad sobre si tuvieron atribuciones para ello.

Puntualiza que algunos elementos encontrados constituyen indicios de la opacidad y la falta de transparencia que no permiten comprobar que la administración de los recursos privados fue honesta, ni que estuvo ajena a intereses patrimoniales y al tráfico de influencias para beneficiar a personas o empresas ligadas a los servidores públicos responsables.

En su informe final, publicado en la Gaceta Parlamentaria, menciona que el eje que sostiene el vínculo entre la función pública y la privada es la composición del Derecho del Trámite Aduanero (DTA), ya que al estar coexistiendo dinero público con privado, ambos administrados por servidores públicos, se abrió un espacio para que ocurrieran actos alejados de la ética.

Refiere que algunos de esos indicios de opacidad y falta de transparencia fueron: que en 1993 se creó el Fideicomiso Aduanas 1 núm. 1078-5 (posteriormente número 954-8) lo cual infringió los artículos 37, fracción VI, y 40, párrafo segundo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestaciones de Servicios Relacionados con Bienes Muebles vigente en 1993, ya que la nueva autorización se debió otorgar a la empresa que obtuvo el segundo lugar en el proceso de licitación, en donde ganó la empresa Integradora de Servicios, S.A. de C.V. (ISSA), o en su defecto, se debió efectuar una segunda licitación.

Por lo que, el Fideicomiso Aduanas 1 instruyó a Nacional Financiera (Nafin) para que constituyera la empresa Integradora de Servicios Operativos, S.A. de C.V. (ISOSA), para que prestara los servicios de procesamiento electrónico de datos y los servicios de captura de datos, digitalización, equipamiento, comunicaciones y mantenimiento de equipo de cómputo, entre otros.

“Sin embargo, tampoco se cumplió la Ley, como ISSA, pues ésta exige que la empresa debía contar con 5 años de experiencia pues al momento de su contratación ISOSA no contaba con ese requisito (fue constituida 18 días después de haberse integrado el fideicomiso).

En el informe se observa que ISOSA firmó contratos con 12 empresas privadas para proporcionar los servicios aduaneros, pero “no se pudo comprobar los criterios bajo los cuales fueron asignados los contratos a dichas empresas”.

Abunda que nunca existió un contrato de prestación de servicios entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Fideicomiso Aduanas 1, ni entre ISOSA y el SAT respecto de la prestación del procesamiento electrónico de datos, por lo que sin estos contratos, los pagos que se le hicieron a ISOSA tuvieron bases discrecionales.

Detectó que las facturas que amparan los servicios de ISOSA no reunieron requisitos fiscales, fueron ambiguas y poco claras, y que el SAT le proporcionó espacios, recursos humanos, técnicos y materiales para que pudiera operar, sin que la empresa pagara por ello.

También, el órgano legislativo, presidido por el diputado Pablo Tejo Pérez, prevé recomendaciones para el Ejecutivo federal, entre las que destaca modificar la normatividad administrativa aplicable al Fideicomiso para Administrar la Contraprestación del Artículo 16 de la Ley Aduanera (FACLA) para evitar que se interprete que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pudiera participar en el Fideicomiso en un carácter distinto al que le asigna la Ley.

Elaborar un estudio sobre la prestación de los servicios electrónicos de datos y de segundo reconocimiento, incluyendo costos, estándares e indicadores de evaluación de los servicios; que la SHCP mediante resoluciones de carácter general establezca estándares e indicadores de evaluación de los servicios y las tarifas.

Se le exhorta a que envíe al Congreso de la Unión un reporte de los avances y acciones pendientes en el Programa de Modernización de Aduanas, el cual incluya como mínimo, un diagnóstico integral de la situación de las aduanas, objetivos pretendidos; requerimientos de gasto e inversión para que éstas operen con estándares internacionales; de honestidad, seguridad, productividad y eficiencia, así como señalar las fuentes de financiamiento de las inversiones.

Así como los criterios y las metodologías que sustenten los porcentajes de distribución de las contraprestaciones entre el DTA, el IVA y el pago a las empresas privadas; un estudio de costos de los servicios de procesamiento electrónico de datos y segundo reconocimiento; un diagnóstico del costo-beneficio de la recaudación del DTA y el IVA neto de gastos e inversiones, en el supuesto de que el SAT se hiciera cargo del servicio electrónico de procesamiento de datos.

Del mismo modo, recomienda al Congreso de la Unión, analizar la Ley Aduanera; solicitarle a la entidad de Fiscalización Superior de la Federación, la práctica de una auditoría de desempeño al Fideicomiso Programa de Mejoramiento de los Medios de Informática y Control de las Autoridades Aduaneras, para que con base en los resultados de la auditoría de desempeño, analice y evalué la procedencia de reformas al marco jurídico fiscal y aduanero.

La Comisión para Investigar organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria en cuanto al origen, cobro, destino e impacto que tiene en las finanzas el pago del derecho de trámite aduanero, finalmente pide a la Auditoría Superior de la Federación, practicar indagatorias de desempeño al FACLA, así como a su Comité Técnico, para el ejercicio fiscal 2008.

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