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Boletín N°. 0556 Proponen que usar indebidamente cualquier tipo de identificación se considere como fraude

El diputado Arturo Zamora Jiménez (PRI) presentó una iniciativa que adiciona una fracción al artículo 387 del Código Penal Federal para considerar como delito de fraude utilizar indebidamente cualquier tipo de identificación, clave de identificación bancaria, o documento identificatorio que pertenezca a otra persona.

Resaltó que cada cuatro segundos una identidad es robada en el mundo. “Se calcula que el costo promedio de restaurar una identidad robada es de 8 mil dólares”.

“El problema es tan grave en México que instituciones de crédito han emitido alertas a sus clientes, tanto en sus sucursales, como en su sitio de Internet. La Profeco alertó que "defraudadores aprovechan descuidos de los consumidores para alterar sus identificaciones oficiales y así solicitar préstamos a entidades financieras, tiendas departamentales y supermercados", dijo.

Refirió que el Buró de Crédito también alertó que: "en México no existen cifras precisas, pero el crecimiento de transacciones comerciales o bancarias en Internet y la falta de protección a la información personal colocan a los consumidores en grave riesgo de que sus datos confidenciales sean sustraídos y utilizados para cometer fraudes". Se remitió a la Comisión de Justicia.

Servidores públicos

A la Comisión de la Función Pública se remitió la iniciativa de la diputada Gabriela Cuevas Barrón (PAN) para reformar la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, con el fin de redelimitar la aplicación y procedencia del fuero de no procesabilidad en los servidores públicos del Distrito Federal.

Explicó que su propuesta tiene como objetivo otorgar protección al desarrollo de las funciones, evitar la impunidad de servidores públicos, por lo que se plantean cambios para sustituir y atenuar la garantía constitucional de no procesabilidad penal, por la garantía de procesabilidad en libertad.

También prever dos excepciones a la garantía de no procesabilidad penal: cuando sea detenido en flagrancia cometiendo un delito calificado como grave por la ley penal federal, o que el juez que conozca del asunto libre orden de aprehensión contra servidor público del Distrito Federal, cuando se le acuse por estos delitos. Así como cuando se encuentre separado de su encargo por licencia o suspendido por cualquier otro motivo, y se le impute la comisión de un delito calificado como grave por la ley penal.

Ley del ISSSTE

El diputado Ramón Jiménez López (PRD) presentó reformas a la Ley del ISSSTE con el objetivo de que a los burócratas, a quienes les resulte aplicable el artículo décimo transitorio de este ordenamiento, se les continúen calculando sus pensiones y jubilaciones sobre su sueldo integrado.

Precisó que es adicionar un párrafo IV a dicho artículo para que los trabajadores que no opten por la acreditación de bonos de pensión del ISSSTE se les aplique la modalidad que para calcular el monto de las cantidades que correspondan por pensión se tomará en cuenta el promedio del sueldo básico disfrutado en el último año inmediato anterior a la fecha de la baja del trabajador, siempre y cuando tenga una antigüedad mínima en el mismo puesto y nivel de un año.

Añadió que si el trabajador tuviere menos de un año ocupando el mismo puesto y nivel, se tomará en cuenta el sueldo inmediato anterior a dicho puesto que hubiere percibido el trabajador, sin importar su antigüedad en éste. Se mandó a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social.

Inclusión de personas con discapacidad a la vida laboral

El diputado Francisco Ramos Montaño (PRI) planteó reformar las Leyes General de las Personas con Discapacidad, y para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, a fin de dar mayor certidumbre a la inclusión e integración de las personas con discapacidades a la vida laboral, productiva y económica.

Propuso adicionar un párrafo a la fracción I del artículo 9 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, para “promover el establecimiento de políticas en materia de trabajo encaminadas a la integración laboral de las personas con discapacidad; en ningún caso la discapacidad será motivo de discriminación para el otorgamiento de un empleo.

Además, agregar la fracción IX al artículo 11 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, “para la accesibilidad plena de las personas con discapacidad a todas las actividades del Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa”. Se envió a las comisiones de Atención a Grupos Vulnerables y de Economía.

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