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Boletín N°. 0557 Debe participar la ciudadanía en fiscalización financiera de los partidos políticos

La diputada María Araceli Vázquez Camacho (PRD) propuso reformar diversos artículos de la Constitución, a fin de crear un sistema integral de fiscalización financiera y administrativa para los partidos políticos, cuya estructura prevea la participación ciudadana en actividades de control, supervisión y acceso a la información.

Precisó que el artículo 35 describe las prerrogativas del ciudadano y se considera oportuno reformarlo para que incluya también el voto en el caso de los referéndum. “El mismo criterio aplica en el caso del artículo 36, fracción III, de la Constitución Política, que establece las obligaciones del ciudadano. Lo anterior a efecto de que las leyes electorales sean sometidas a referéndum para legitimar su expedición y dar pauta a la construcción de ciudadanía”.

Explicó que el artículo 41 describe cómo ejerce el pueblo su soberanía: a través de los Poderes de la Unión y se propone adicionar una fracción que establece para el Instituto Federal Electoral la obligación de recibir la solicitud del referéndum, así como los requisitos que dicha solicitud debe cubrir.

“Mientras que el artículo 89 contempla las facultades y obligaciones del presidente de la República y es necesario incluir la disposición normativa por la cual el Presidente sea partícipe en el procedimiento de referéndum”, puntualizó. Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Evitar subejercicios

Por su parte, el diputado José Francisco Rábago Castillo (PRI) propuso reformas a las Leyes Federales de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, así como del Código Penal Federal.

Señaló que el objeto es no caer en subejercicios y contribuir a una efectiva rendición de cuentas de las dependencias y entidades federales. Se deberá de observar y cumplir todo lo relativo a la publicación del calendario de presupuesto, ejercicios, subejercicio y evaluaciones, so pena de que, de no hacerlo, corresponderán las sanciones patrimoniales, penales y administrativas determinadas por la autoridad competente.

Refirió que según la Auditoría Superior de la Federación durante el ejercicio presupuestal de 2008 el subejercicio alcanzó el 5.4 por ciento del Presupuesto del gobierno federal, sobre todo en las Secretarías de Comunicaciones y Transportes y de Relaciones Exteriores; tribunales agrarios; la Consejería Jurídica; la Secretaría del Medio Ambiente; la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. Se envió a las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de la Función Pública y de Justicia.

Un solo salario mínimo

En su turno, el diputado Ramón Jiménez López (PRD) presentó iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política y de la Ley Federal del Trabajo, la cual plantea que exista un solo salario mínimo.

Explicó que éste sería aprobado por la Cámara de Diputados, con previa recomendación del Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades; cuyos integrantes serían también designados por esta Cámara; por tanto, desaparecería la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.

Agregó que la iniciativa también dispone que el salario mínimo deberá aumentar anualmente con base en la evolución del costo de la vida, y su vigencia podrá revisarse antes de este periodo de tiempo, en función del deterioro salarial sufrido, según lo determine la Cámara de Diputados a propuesta del Instituto Nacional de Salarios Mínimos, Productividad y Reparto de Utilidades.

Además, este salario deberá incrementarse anualmente, en forma complementaria, con el propósito de establecer un aumento real que retribuya el incremento de la productividad media de la economía en ese periodo, con base en el porcentaje que determine la Cámara de Diputados, considerando las recomendaciones del instituto, dijo. Se envió a las Comisiones de Puntos Constitucionales y del Trabajo y Previsión Social.

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos

A la Comisión de la Función Pública se remitió la propuesta del diputado Francisco Saracho Navarro (PRI) que reforma el primer párrafo del artículo 28 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, ya que la actual redacción propicia una contravención a lo que dispone el sexto párrafo del artículo 111 de la Constitución Política.

Explicó que el primero establece que, una vez que se ha determinado por la Cámara de Diputados, erigida en jurado de procedencia, que ha lugar a proceder penalmente contra el servidor público sujeto a juicio de procedencia, es decir, una vez que se ha removido su fuero, será separado inmediatamente de su empleo, cargo o comisión.

Mientras que el segundo, establece que el efecto de dicha declaración será que el servidor público quede a disposición de las autoridades competentes para que actúen conforme a la Ley y solamente será separado de su cargo hasta que se determine su sujeción a proceso penal por conducto del juez competente.

Por ello, propuso que el artículo 28 señale que “únicamente será separado del encargo que desempeñe, en caso de que se decrete su sujeción a proceso penal y sólo podrá reasumirlo cuando por sentencia ejecutoria, se determine su absolución”.

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