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Boletín N°. 0687 Trato deshumanizado de personal de salud a embarazadas debe considerarse como violencia obstétrica

La diputada Alba Leonila Méndez Herrera (PAN) se manifestó por incluir el concepto de violencia obstétrica dentro de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, considerándolo como cualquier acto o trato deshumanizado que ejerza el personal de salud sobre las mujeres en la atención durante el embarazo, el parto y puerperio.
Destacó la importancia de incluir los abusos en que incurre el personal de salud “cuando obliga a las mujeres a parir en condiciones contrarias a su voluntad, o alteran el proceso natural del parto o todos los tratos que atentan contra su capacidad de decidir sobre su cuerpo y sexualidad”.
La diputada reconoció que las mujeres, especialmente las de zonas rurales y las más pobres, no siempre son atendidas de manera expedita y con la solicitud de toda urgencia obstétrica, lo que puede traer como consecuencia el aumento de la tasa de mortalidad materna.
Añadió que se debe considerar como un tipo de agresión omitir la atención oportuna y eficaz de las urgencias obstétricas, obstaculizar el apego precoz del niño con la madre sin causa médica justificada, alterar el proceso natural de parto de bajo riesgo mediante el uso de técnicas de aceleración y practicarlo vía cesárea existiendo condiciones para el natural.
Al presentar una iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se pronunció para incluir la tutela para el acceso a los derechos establecidos en la ley a las mujeres con discapacidad, así como una protección específica en cuanto a mujeres indígenas, otorgándoles asistencia integral gratuita, brindada por intérpretes y defensores de oficio que tengan conocimiento de su lengua y cultura.
Sostuvo que la Ley de Acceso debe incorporar en su contenido que la atención de la mujer con discapacidad e indígena sea brindada de manera inteligible y en su lengua. “Con esta reforma, el Estado garantiza una atención digna a las indígenas y con algún tipo de discapacidad que sean víctimas de violencia, que les permita declarar o ser atendidas con la debida diligencia y pleno respeto de sus derechos humanos”.

Refirió que en Latinoamérica la tasa de cesáreas es de 29.2 por ciento en promedio y los valores mayores se presentan en Brasil (36.7 por ciento), República Dominicana (31.3 por ciento) y México (39.1 por ciento).
Méndez Herrera puntualizó que la Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha declarado que las instituciones de salud con tasas de cesáreas muy por encima de los valores de referencia, “deben investigar si sus sistemas ofrecen atención obstétrica adecuada y establecer un sistema de seguimiento”.
Expresó que el acceso de las mujeres a los servicios de atención de la salud sexual y reproductiva es fundamental para su pleno desarrollo, y que una de las etapas en que requiere cuidados especiales es el embarazo, por lo que el Estado tiene la obligación de generar mejores condiciones.
El embarazo, refirió, somete a la mujer a riesgos de salud que pueden afectar tanto a la futura madre como al bebé, por lo que la forma y los tiempos de atención con que el personal de salud actúa son decisivos para la vida de la madre y del bebé.

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