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Boletín N°. 0691 Ahogamientos, incidentes viales, incendios y caídas, accidentes más comunes en menores de 5 a 14 años (Favor de utilizar de sábado para domingo)

La Organización Mundial de la Salud reportó que las lesiones son la segunda causa prevenible de muertes en todos los grupos de edad; ahogamiento, accidentes viales, incendios y caídas los más comunes entre los 5 y 14 años de edad, señaló la diputada María Ivette Ezeta Salcedo, del grupo Parlamentario del PVEM.

Precisó que los accidentes no mortales resultan en la pérdida de actividades laborales y educativas, así como convalecencia e incluso incapacidad de por vida.

Resaltó que las lesiones provocadas por accidentes son la cuarta causa de hospitalización en México, por lo cual se considera de suma importancia el desarrollo y fortalecimiento de los sistemas de atención especializada en trauma, añadió

Por lo anterior, la legisladora presentó una iniciativa para la creación del Consejo Nacional de Prevención de Accidentes, en el contexto de la Ley General de Salud, con el objetivo de fortalecer la coordinación institucional que permita un uso eficiente de la capacidad establecida.

Enfatizó que para esto, los hospitales ya existentes serán designados y categorizados conforme su equipamiento, recursos materiales y humanos, como los Centros Especializados de Atención de Trauma (CEAT), que canalizarán a los lesionados dependiendo el tipo de trauma.

Así se proporcionaría una respuesta médica adecuada a accidentes para así minimizar el daño causado, dividiéndose esto en tres niveles: primeros auxilios, atención prehospitalaria y de nivel avanzado.

Aunado a lo anterior, se propone incluir la rehabilitación de los padecimientos causados por accidentes dentro de las acciones en materia de prevención, así como la participación y capacitación en primeros auxilios y atención prehospitalaria a las comunidades.

Por último, se buscara otorgar al Consejo Nacional para la Prevención y Control de Accidentes, la facultad de coordinar a todas las dependencias y secretarías de Estado en la prevención de los accidentes, esto en un plazo no mayor a seis meses, a partir de la aprobación de la reforma a la Ley General de Salud

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