Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Boletín N°. 0743 Determinó la Permanente que titular de las Segob informe sobre el caso Rosendo Radilla

El Pleno de la Comisión Permanente avaló exhortar al titular de la Secretaría de Gobernación, Fernando Gómez Mont Urueta, a implantar los mecanismos para que el gobierno dé cumplimiento a la sentencia, con fecha 23 de noviembre de 2009, relativa al “caso Rosendo Radilla Pacheco vs. Estados Unidos Mexicanos”, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Asimismo, solicita al secretario de Gobernación envíe un informe acerca de las acciones que haya realizado o se estén llevando a cabo sobre la situación que guarda dicho asunto.

El dictamen presentado por la Primera Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia subraya que los familiares de Rosendo Radilla Pacheco, después de décadas de agotar las instancias internas en México, acudieron a la CIDH, que condenó al Estado mexicano por la desaparición forzada de esta persona.

La comisión dictaminadora coincide en que el Estado debe respetar y difundir los derechos humanos, mediante mecanismos institucionales y con pleno apego a las leyes nacionales y documentos internacionales que sean ratificados y aprobados por las instituciones del poder público.

En el documento se destaca que la CIDH reconoció la existencia de violaciones sistemáticas y masivas a los derechos humanos; además, pidió continuar con la búsqueda de Rosendo Radilla o, en su caso, de sus restos mortales.

Para ello, el Estado debería tener en cuenta la existencia de los patrones sistemáticos que permitieron la comisión de graves violaciones a los derechos humanos.

Señaló que entre los elementos más importantes que la Corte ordenó está el reconocimiento del contexto histórico mexicano, la confirmación de la desaparición forzada de Radilla Pacheco, la violación al debido proceso y al acceso a la justicia de éste y sus familiares.

Asimismo, determinó la incompatibilidad de la aplicación de la justicia militar en casos de graves violaciones de derechos humanos con los estándares internacionales, la falta de adecuación de la legislación interna a la definición internacional de desaparición forzada y las reparaciones a las víctimas.

La comisión dictaminadora concluyó que considerando que los instrumentos internacionales de derechos humanos son complementarios de las leyes mexicanas, el gobierno ha tomado la debida postura de dar cumplimiento de lo resuelto por la Corte Interamericana, ya que reconoció la competencia contenciosa, pero debe trasladarla a los hechos.

Por tanto, consideraron pertinente exhorta al titular de la Secretaría de Gobernación, sobre todo si existen adelantos sobre el cumplimiento de la resolución definitiva de la CIDH.

-- ooOoo --

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos