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Boletín N°. 0988 Analizarán tres Comisiones la iniciativa del Ejecutivo sobre seguridad pública en el D.F.

La Mesa directiva canalizó a las comisiones del Distrito Federal y Seguridad Pública, con opinión de la de Presupuesto y Cuenta Pública, la iniciativa que expide la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Distrito Federal enviada por el Ejecutivo.

Busca regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema de Seguridad Pública del Distrito Federal, así como su coordinación con la federación, estados y municipios y armonizar las definiciones jurídicas con aquellas que establece la Ley General para identificar autoridades, instrumentos y dependencias en el ámbito local.

En el documento se precisa que es necesario normar los contenidos que conforman al Sistema de Seguridad Pública del Distrito Federal tales como: el Consejo y el Secretariado Ejecutivo; la normatividad relativa, los distintos rubros del servicio de carrera; las obligaciones en materia de información.
De igual forma, la sistematización, clasificación, intercambio, suministro y acceso a la información, así como la certificación de esta información, el Registro Administrativo de Detenciones, la participación en el Sistema Único de Información Criminal, en el Registro Nacional de Personal y en el Registro Nacional de Armamento y Equipo.

Entre los contenidos relevantes para el Sistema se prevé la Prevención del Delito y la Participación Ciudadana y Vecinal, “en congruencia con el reconocimiento que hace el Constituyente del carácter de coadyuvante que tiene la comunidad con las Instituciones de Seguridad Pública”.

Por otra parte, la iniciativa índica que será la Asamblea Legislativa del Distrito Federal la que elabore aquellas leyes de su competencia y reforme otras que en ese ámbito requieran ser armonizadas con la reforma constitucional y legal.

En este sentido, explica que las instituciones de seguridad pública deberán coordinarse en el intercambio de información, conforme a los lineamientos contenidos en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la propia Ley del Distrito Federal, que faciliten tanto el desarrollo de sus actividades como la selección e idoneidad de su personal, así como la cooperación en la instrumentación de operativos policíacos.

Contempla que haya reciprocidad académica y de experiencias para robustecer la profesionalización de sus integrantes, un diseño y operación de los mecanismos y lineamientos conforme a los cuales la policía a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal actuará bajo la autoridad y mando del Ministerio Público cuando intervenga en la averiguación o persecución de un delito.

Además se le dotaría de atribuciones y enlistarían sus integrantes, previendo que la Presidencia la asuma el Jefe de Gobierno, quien podrá ser suplido por el Secretario de Gobierno, mientras que el resto de los integrantes deberán asistir personalmente a las sesiones.

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