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Boletín N°. 1000 Aprueban reformas a la Ley General de Derechos Lingüísticos

El Pleno Camaral aprobó por 260 votos a favor un dictamen que adiciona una fracción XV al artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas, diputado Teófilo Manuel García Corpus señaló que el propósito es facultar al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas para instrumentar medidas a fin de que en los municipios indígenas del país las señales informativas de nomenclatura oficial, así como sus topónimos, sean inscritos en español y en las lenguas originales del territorio.

García Corpus subrayó que de los más de 200 idiomas que existían antes de la Conquista actualmente, según el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, en nuestro país se hablan 68 idiomas originarios y 364 variantes, y más de 20 de las lenguas de nuestros pueblos originarios están en peligro de desaparecer.

“Estamos promoviendo que con el apoyo del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas se realicen acciones efectivas y permanentes a favor de nuestras lenguas originarias, lo que complementa y fortalece el trabajo de las escuelas bilingües y el esfuerzo de los pueblos por preservar y desarrollar sus idiomas”, añadió.

El documento avalado se canalizó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

Dictámenes de la Comisión de Agricultura

En votación económica, se avalaron dos dictámenes con punto de acuerdo de la Comisión de Agricultura y Ganadería.

El primero exhorta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y al órgano denominado Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria, Aserca, a transparentar y publicar los beneficios otorgados y los resultados del Programa de Apoyos a la Agricultura por Contrato.

El segundo solicita a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), y al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), a través de la Dirección General de Sanidad Vegetal, para que revise y replantee la estrategia de combate a la mosca de la fruta en la Huasteca y la zona media del estado de San Luis Potosí.

Dictámenes de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

También se aprobó con 289 votos a favor, 0 en contra y 4 abstenciones, reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente con la finalidad de incorporar políticas públicas en materia de cambio climático.

El dictamen a la minuta, señala que se precisa la inclusión gradual en el sistema jurídico nacional de las normas que habiliten al Estado para iniciar acciones tendentes a mitigar e incluso prevenir los efectos adversos del cambio climático, con el objetivo de reducir las emisiones antropogénicas globales.

La reforma adiciona la fracción V al artículo 2 con objeto de considerar de utilidad pública "la formulación y ejecución de acciones y medidas preventivas que tengan como fin mitigar los efectos adversos del cambio climático”. El artículo 3 incorpora el concepto de cambio climático a la LGEEPA.

Las reformas de los artículos 5, 7 y 8 facultan a la federación, los estados y los municipios para formular y ejecutar medidas preventivas que tengan como fin disminuir los efectos de los fenómenos provocados por el cambio climático se considera oportuno.

Se devolvió al Senado de la República para los efectos del apartado E del artículo 72 de la Constitución Política.

Con 263 votos a favor, 11 en contra y 4 abstenciones se avaló el dictamen a la minuta que reforma la fracción XXVIII del artículo 3o. de la Ley de General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente con el objeto de modificar el concepto "recursos genéticos" para considerarlo como cualquier material genético terrestre o marino.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Alejandro Carabias Icaza (PVEM), secretario de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, señaló que debido a la importancia de los recursos genéticos se debe realizar un correcto aprovechamiento, conservación y protección de los recursos genéticos nacionales.

Se envió al Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales.

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