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Boletín N°. 1040 Presentan iniciativa para combatir el secuestro; México, segundo lugar en este delito

Para que el secuestro sea castigado con una penalidad de veinte hasta cuarenta años de prisión, y en el caso del tipo exprés, se aplique de diez a veinte años, la diputada Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo (PRD) impulsa una iniciativa de Ley General para Prevenir, Sancionar y Combatir el Delito de Secuestro.

Refirió que datos de organismos internacionales refieren que después de Colombia, México ocupa el segundo lugar en el mundo en la comisión de este delito. Además, es el país de América Latina donde se corre el mayor riesgo de ser secuestrado, y lo más desalentador es que se encuentra entre los 10 países de la región con mayor índice de secuestros, 9 de cada 10.

Se estima que el índice de secuestros que concluyó en homicidios se ha incrementado en un 80 por ciento en los últimos años, y son cada vez más aquellos que terminan en mutilaciones de las víctimas, destacó.

El secuestro tradicional exprés, mencionó, es un delito con una alta tasa de cifra negra, por lo que se podría suponer que por cada caso denunciado existen al menos otros 9 no reportados.

Con la nueva Ley se establecerían los tipos penales, sus sanciones y la distribución de competencias entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios; se facultará a la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario para implementar un programa nacional a fin de incorporar la tecnología necesaria para que de manera permanente y continua se bloqueen las señales de telefonía celular dentro de los centros de reclusión, precisó.

Se busca que la responsabilidad civil derivada de la comisión de los delitos de secuestro, recaiga en la organización criminal la cual deberá responder al pago de la reparación del daño causado a las víctimas y a sus familiares, así como a las comunidades donde hayan operado.

Para ello, dijo, se utilizarían los bienes que estén en el patrimonio o en posesión de los integrantes del grupo delictivo organizado o de las empresas con las que operaban; se plantea que los bienes que sean decomisados a los miembros de la organización criminal a la que pertenezcan los secuestradores sean utilizados para reparar el daño causado a las víctimas directas o indirectas.

En el capítulo de agravantes se aumenta la pena de prisión hasta en una mitad para los casos en que la víctima sea menor de 18 años de edad; personas con discapacidad; o que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho; adulto mayor o mujer; asimismo si la víctima ha sido objeto de tortura, vejaciones o violencia sexual durante el tiempo en que se le privó ilegalmente de su libertad.

Se propone agravar la pena para los casos en que la víctima muera en cautiverio o se encuentre en situación de inferioridad respecto de quien la ejecuta; cuando el autor sea o haya sido integrante de alguna corporación de seguridad pública o privada o se ostente como tal sin serlo; sea servidor público federal, estatal, municipal o del Distrito Federal; se cometa en contra de persona que sea o haya sido periodista, dirigente comunitario, sindical, étnico o religioso, o candidato a cargo de elección popular, en razón de ello, que sea o haya sido servidor público y por razón de sus funciones se le secuestre.

Para el caso de los servidores públicos, plantea agravar la penalidad si los delitos se ejecutan como consecuencia de una investigación y persecución de los mismos; o se niegue a dar información sobre el paradero de la víctima cuando en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas omita responder las llamadas que se realicen al Registro Inmediato de Detenciones.

En el documento se propone además, la protección a los menores para los casos en que los delitos se ejecuten con el fin de trasladarlos fuera del territorio nacional, con el propósito de obtener un lucro por su venta.

Dicha iniciativa de Ley General para Prevenir, Sancionar y Combatir el Delito de Secuestro, y diversas reformas a los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, es analizada por la Comisión de Justicia con opinión de la de Presupuesto y Cuenta Pública.

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