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Boletín N°. 1181 Deberán ser garantizados los derechos humanos de migrantes al ser expulsados o repatriados

El Pleno Camaral aprobó con 295 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención un dictamen para establecer que en las estaciones migratorias, el aseguramiento, traslado y alojamiento de extranjeros que serán expulsados o repatriados, deberán ser con apego a las garantías de libertad, igualdad y justicia.

A través de reformas a los artículos 71 y 128 de la Ley General de Población, se busca prohibir la utilización de centros de detención o reclusión federales, estatales y municipales para fines distintos a la compurgación de penas y aquellas derivadas de los procesos penales.

El dictamen de las Comisiones de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios y de Gobernación considera necesario establecer que las estaciones migratorias cuenten con instalaciones adecuadas que eviten el hacinamiento.

“De esta manera, se reforzarán las acciones que se han llevado a cabo con la despenalización de la migración y estar en posibilidades de reforzar las reformas al brindar a los migrantes un trato digno, toda vez que ellos no pueden ser considerados como delincuentes”.

Respecto a la prohibición del uso de los centros de detención o reclusión federal, estatal y municipal como estaciones migratorias, tienen como objetivo cumplir con las disposiciones contenidas en los tratados o acuerdos internacionales relativos al respeto de los derechos fundamentales de los migrantes. Fue remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Premio Nacional de Ciencias y Artes a innovación

Con 305 votos a favor, se avaló un dictamen de la Comisión de Gobernación por el que reforma los artículos 44 y 45 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, con el objeto de establecer que por innovación se podrá obtener el Premio Nacional de Ciencias y Artes.

Para el otorgamiento del premio se consideran trabajos docentes, de investigación o de divulgación, mismos que hayan contribuido a enriquecer el acervo cultural del país, el progreso de la ciencia, del arte o de la filosofía, por lo que se incluye la tecnología e innovación.

El dictamen precisa que “es imperativo establecer como prioridad nacional el apoyo a la investigación científica, tecnológica y de innovación, siendo indispensable el reconocimiento público del Estado al campo de la innovación entendida, genéricamente, como un factor y elemento de cambio que permitirá al país formar parte de los sectores dinámicos de la economía mundial y con ello generar los empleos de mayor valor añadido que requiere la población económicamente activa”.

Establece que la innovación se encuentra estrechamente relacionada con la imaginación, la creatividad, las ideas, las experiencias prácticas y teóricas, los centros de investigación, de desarrollo, de negocios, de transformación gerencial y organizacional, entre otras. Se mandó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Foro Consultivo Científico y Tecnológico

La Cámara de Diputados aprobó por 290 votos a favor y 3 en contra reformas a las fracciones IV y V del artículo 36 de la Ley de Ciencia y Tecnología, con el objeto de precisar que los comités de trabajo del Foro Consultivo Científico y Tecnológico (FCCyT), deberán estar integrados por especialistas en temas de ciencia y tecnología.

Asimismo, incluir como integrantes de la Mesa Directiva del FCCyT, a un representante de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y uno de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra), con la finalidad de incrementar la vinculación entre la investigación científica y su aplicación.

La inclusión de representantes del sector industrial en los organismos encargados de fomentar la ciencia, la tecnología y la innovación en México, contribuiría a promover de manera más eficaz las relaciones entre las instituciones y los centros de investigación científica y desarrollo tecnológico con los sectores productivos y de servicios del país, añade el dictamen canalizado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

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