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Boletín N°. 1282 Proponen expedir reglamento de la Cámara de Diputados

El diputado Jesús María Rodríguez Hernández (PRI) propuso expedir el Reglamento de la Cámara de Diputados para establecer derechos, prerrogativas y obligaciones que regulen la conducta de los diputados y los beneficios de los que pueden gozar para evitar diferencias entre iguales.

En el reglamento se determinarían los casos de suplencias, vacantes y licencias. Se propone eliminar el vacío legal que existe para regular los casos en los que se puede llamar al suplente, o en los que la Cámara puede declarar vacante el cargo de algún diputado, subrayó.

La propuesta plantea la posibilidad de sesionar más de dos días y los temas que preferentemente podrán tratarse, así como legalizar la práctica de realizar sesiones solemnes.

Con esta propuesta se pretende que los legisladores registren su asistencia sólo al inicio de las sesiones en el pleno. Por lo que se refiere al quórum, se pretende terminar con las distintas interpretaciones de cuándo y con cuántos diputados deben sesionar el pleno, las comisiones y desarrollar las votaciones.

Agregó que se establecen límites para presentar justificaciones, a fin de “que dejen de suscitarse inasistencias recurrentes de legisladores en el Pleno y en comisiones, sin motivo aparente”. Se envió a la Comisión Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Ataque a vías generales de comunicación

Se turnó a la Comisión de Justicia, la iniciativa del diputado Arturo Zamora Jiménez (PRI) que reforma el artículo 167 del Código Penal Federal en materia de ataque a las vías generales de comunicación.

Subrayó que resulta necesario actualizar la norma para adecuarla a la realidad jurídica, complementar en la fracción I del artículo el término de uso público o privado, para quedar como sigue: “Se impondrá de uno a cinco años de prisión y de cien a diez mil días multa: Por el solo hecho de quitar o modificar sin la debida autorización uno o más durmientes, rieles, clavos, tornillos, planchas y demás objetos similares que los sujeten, o un cambiavías de ferrocarril de uso público o privado”.

Presidente acuda al Congreso presentar su informe

Con el objetivo de que en la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año de ejercicio del Congreso, el Presidente de la República acuda personalmente para presentar un informe del estado general que guarda la administración pública del país, el diputado Pedro Jiménez León (Convergencia) planteó reformar el artículo 69 de la Constitución Política.

El titular del Poder Ejecutivo daría lectura a un documento escrito, en el que se dirija a toda la nación, a fin de ampliar y precisar los datos contenidos en el informe. El informe sería respondido por el Presidente del Congreso, de manera puntual, haciendo referencia a los aspectos que considere sobresalientes, mencionó.

Precisó que el Ejecutivo Federal respondería a los planteamientos que le formulen los integrantes de cada Grupo Parlamentario, prevaleciendo en todo momento el respeto a la investidura presidencial, así como un trato recíproco a los legisladores con un ánimo que posibilite la realización de un diálogo respetuoso. Se envió a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Sustituir a las Juntas de Conciliación y Arbitraje

A la Comisión de Puntos Constitucionales se remitió la iniciativa del diputado Emiliano Velázquez Esquivel (PRD) que reforma el artículo 123 de la Constitución Política, la cual propone la sustitución de las Juntas de Conciliación y Arbitraje por jueces laborales dependientes del Poder Judicial Federal o de los poderes judiciales locales, según su competencia.

“No es concebible que se tengan tribunales que realizan funciones jurisdiccionales y sin embargo dependan del Poder Ejecutivo. Hoy los conflictos laborales requieren tribunales independientes que impartan justicia laboral en forma eficaz”, dijo.

Refirió que el derecho laboral necesita tribunales independientes que pertenezcan al órgano de poder encargado de dirimir las diferencias entre los particulares, es decir, el Poder Judicial. El elemento que diferenciará a los jueces laborales de los demás jueces es el conjunto de principios de derecho tanto sustantivo como procesal bajo los cuales se regirán.

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