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Boletín N°. 1289 Trabajadores del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas se regirán por el apartado B del artículo 123 Constitucional

La Cámara de Diputados avaló por 380 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones la minuta que reforma el artículo 23 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, con el propósito de dar certeza jurídica a las relaciones laborales de los trabajadores del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.

Las modificaciones plantea que los trabajadores de dicho organismo se rijan por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional y no del apartado A como actualmente está suscrito.

En el documento se destaca que la ley a la que hace referencia actualmente el artículo 23 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, no existe, no forma parte del catálogo de leyes de los Estados Unidos Mexicanos.

Al fundamentar el dictamen de la Comisión de Asuntos Indígenas, el diputado Sabino Bautista Concepción (PRI) explicó que con la reforma se corrige “un error que incluso puede ser tipográfico”, presente en el actual artículo 23 de la citada ley.

Estableció que “si bien es cierto que los pocos conflictos laborales que se han suscitado en el instituto se han resuelto con base en la interpretación que hacen las autoridades, es necesario eliminar toda duda del referente legal que tutela los derechos de los trabajadores de ese organismo”.

Al hablar en pro del dictamen, el diputado Mario Di Costanzo Armenta (PT) calificó la modificación de “justa” y manifestó que es necesario que el Estado reconozca y dé seguridad social a sus trabajadores.

El legislador precisó que de igual manera se debe apoyar a los trabajadores de la Cámara de Diputados que no cuentan con este tipo de prestaciones, “debemos dejar de ser faroles de la calle y oscuridad en casa”.

Subrayó que otorgarles seguridad social representa una erogación de 43 millones de pesos, “esto significa el 0.1 por ciento del presupuesto total de la Cámara de Diputados”.

Una vez aprobado, el documento se envió al Ejecutivo para sus efectos constitucionales.

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