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Boletín N°. 1357 Aumenta de ocho a 16 años de prisión la condena por tráfico de personas

El Pleno Camaral avaló con la unanimidad de 284 votos a favor, el proyecto de decreto que reforma la Ley General de Población, para que el tráfico de personas sea perseguido de oficio y obligar a la autoridad migratoria a proporcionar al Ministerio Público Federal los elementos de convicción necesarios para su persecución.

Se aumentan de 8 a 16 años de prisión el castigo para quien por sí o por interpósita persona, con propósito de tráfico, pretenda llevar o lleve mexicanos o extranjeros a internarse a otro país, sin la documentación correspondiente.

El dictamen de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios, fija una multa de cinco mil a quince mil días de salario mínimo a quien cometa dicho ilícito.

Destaca que las penalidades aumentarán hasta en una mitad, cuando las conductas descritas se realicen respecto de menores de edad o en condiciones o por medios que pongan en peligro la salud, la integridad o la vida de los indocumentados, o cuando sean sometidos a tratos inhumanos que vulneren sus derechos fundamentales; o bien, cuando el autor del delito sea servidor público.

El documento subraya la necesidad de garantizar el mínimo de protección de los derechos humanos a los migrantes que la Carta Magna ofrece, toda vez “que nosotros peleamos y pedimos ante los países del extranjero protejan y respeten sus derechos a nuestros connacionales.

“Si bien esta comisión inicia sus trabajos luchando y apoyando la protección de los derechos humanos de los migrantes, y también apoyando aquellas actividades que realizan y que son recreativas, de manera lícita, y que pueden llegar a generar oportunidades de empleo en el país, es más ahora cuando debemos otorgarles una garantía de que sus actividades o derechos para que estén asegurados con reformas tendientes a la promoción de este tipo de actividades”.

Añade que dado que las sanciones provenientes del tráfico de personas o en este caso de indocumentados han sido ya algo obsoletos, por los costos que implica ante la gravedad de las acciones, se consideró necesario las reformas para que las sanciones vayan ad hoc a los actos cometidos.

Por ello, se enfatiza, “si en algunos momentos las acciones de ejecución de la justicia llegan a quedar limitadas por una serie de trámites o requisitos que se deban cumplir, se apoyan los esfuerzos para que, en determinados casos éstos se puedan perseguir de oficio y no necesariamente por medio de una querella que pudiera hacer retardado o difícil el procedimiento”.

Se canalizó al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

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