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Boletín N°. 1369 Avalan en Comisión la Ley de Ayuda Alimentaria para Trabajadores

• Tendrán comedores o recibirán vales impresos o electrónicos

La Comisión del Trabajo y Previsión Social, que preside el diputado Tereso Medina Ramírez, aprobó el dictamen a la minuta que expide la Ley de Ayuda Alimentaria para los Trabajadores, cuyo propósito es que los patrones establezcan esquemas de respaldo alimentario a través de comedores, restaurantes, despensas o vales, los cuales serán deducibles de impuestos.

El dictamen señala que los establecimientos de consumo de alimentos podrán ser contratados directamente por el patrón o formar parte de un sistema de alimentación administrado por terceros mediante el uso de vales impresos o electrónicos y despensas.

Precisa que los gastos en los que incurran los patrones al proporcionar servicios de comedor a sus trabajadores, así como la entrega de despensas o de vales para despensa o consumo de alimentos en establecimientos, serán deducibles en los términos y condiciones que establece la Ley del Impuesto Sobre la Renta y Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.

La Secretaría de Salud en coordinación con la del Trabajo y Previsión Social, expedirá las normas a las que deberá sujetarse los comedores.

Los patrones deberán mantener un control documental suficiente y adecuado para demostrar que la ayuda alimentaria ha sido efectivamente entregada a sus trabajadores.

Explica que la evaluación y seguimiento del cumplimiento de las disposiciones de esta ley estarán a cargo de una comisión tripartita integrada por un representante de STPS; uno de la de Salud; uno de la de SHCP; tres representantes de organizaciones nacionales de los trabajadores y tres de organizaciones nacionales de los empresarios.

También se establece que las violaciones a esta Ley serán sancionadas administrativamente por las autoridades sanitarias y laborales, federales o locales, en el ámbito de su competencia, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delitos.

Subraya que la omisión del patrón de mantener un control documental para demostrar la ayuda se sancionará con multa de hasta dos mil veces el salario mínimo. La contratación por parte del patrón de una empresa emisora de vales que no cumpla con los requisitos, de dos mil hasta seis mil veces el salario mínimo. Los propietarios de los establecimientos en lo que se fomente, permita o participe en canjear los vales, multa de seis mil hasta 12 mil veces el salario mínimo.

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