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Boletín N°. 1404 Dan primera lectura al dictamen para reformar la Ley General de Desarrollo Social

El Pleno Camaral conoció en primera lectura, el dictamen que modifica diversos artículos de la Ley General de Desarrollo Social, con el propósito de fortalecer el proceso de institucionalización de la política nacional de desarrollo social.

Se busca dotarla de mejores instrumentos para lograr mayor efectividad al enfrentar los grandes retos del país en materia de desigualdad, combate a la pobreza y marginación, así como disminuir la exclusión social.

Las reformas incluyen el concepto de base de datos, a efecto de instituir el uso de los medios electrónicos para el control de la información relativa a los programas de desarrollo social en los tres órdenes de gobierno; fomentan el uso del sistema bancario nacional para el manejo de recursos monetarios, cuando se trate de transferencias de dinero, y evitar que a través de intermediarios exista una posibilidad de condicionamiento de cualquier índole.

Se decreta que será obligación para los tres niveles de gobierno, hacer del conocimiento de la Auditoría Superior de la Federación y del Congreso de la Unión, la información relativa al manejo y criterios a utilizar para la asignación de los recursos presupuestales destinados para los programas operativos de desarrollo social respectivos.

Es incluido un nuevo capítulo denominado “De las Infracciones”, con el propósito de castigar a los servidores públicos que utilicen los programas, padrones, bases de datos, fondos presupuestales o recursos humanos y materiales de los programas de desarrollo social para fines electorales o con propósitos políticos; desvíen o malversen los fondos o recursos destinados a actividades de desarrollo social.

Asimismo, condicionen, nieguen o retrasen, sin causa justificada la canalización de subsidios, el acceso a los bienes o la prestación de los servicios garantizados en la presente Ley; violen la normatividad de los programas con la finalidad de favorecer a personas u organizaciones sin derecho a recibir beneficios, o usen la información de los programas y beneficiarios para fines contrarios a los que establece la ley.

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Con el propósito de que la Secretaría de Gobernación promueva directrices para que los medios de comunicación fortalezcan el respeto a las mujeres, se conoció en primera lectura un dictamen de la Comisión de Equidad y Género, que reforma diversos artículos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

También se busca que la Secretaría de Educación Pública desarrolle programas que fomenten la comprensión adecuada del derecho a una paternidad y maternidad libre, responsable e informada, como función social, así como el reconocimiento de la responsabilidad compartida de hombres y mujeres en cuanto a la educación y desarrollo de sus hijos.

El dictamen plantea que la víctima de cualquier tipo de violencia no será obligada a participar en mecanismos de conciliación con su agresor y las mujeres indígenas serán asistidas gratuitamente en todo tiempo por intérpretes y defensores de oficio que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

Derechos humanos sin importar situación migratoria

Más adelante, se dio a conocer el dictamen que modifica la Ley General de Población, y cuyo fin es garantizar los derechos humanos de cada individuo, sin importar la situación migratoria en la que se encuentre.

El dictamen de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios faculta a la Secretaría de Gobernación para promover programas de capacitación a los servidores migratorios en materia de derechos humanos.

Asimismo, incluye a las Secretarías de Salud y de Agricultura para emitir opinión a la Segob sobre los lugares de tránsito de personas; establece que el personal de servicios migratorio procurará brindar atención a menores de edad, mujeres embarazadas, indígenas, discapacitados, así como adultos mayores.

Se prevé la cancelación de la calidad migratoria de los extranjeros cuando incurran en incumplimiento de obligaciones de carácter civil, como lo es pensión alimenticia.

Permisos constitucionales

Del mismo modo, se conocieron en primera lectura dos dictámenes de la Comisión de Gobernación, por los que se concede el permiso constitucional necesario para que diversos ciudadanos puedan prestar sus servicios a gobiernos extranjeros y desempeñen cargos de cónsul.

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