Histórico Comunicación Social
Boletines
Agencia de Noticias
Monitoreo de Medios
Entrevistas
Galerias
Prensa Extranjera
Prensa Regional
 
 
 
comunicaciónsocial
 
años:
| 2013 | 2012 | 2011 | 2010 | 2009 | 2008 | 2007 | 2006 | 2005 |
 
meses del 2013:
| Diciembre | Noviembre | Octubre | Septiembre | Agosto | Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Boletín N°. 1439 Erradicar la violencia de género es prioritario para lograr el avance de la mujer

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad de 296 votos a favor, un dictamen de diversas iniciativas que reforman y adicionan la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La diputada Martha Elena García Gómez, presidenta de la Comisión de Equidad y Género, señaló que el dictamen reúne varias iniciativas que recogían las inquietudes “que aunque puedan verse como mínimos, consideramos tienen una trascendencia para visualizar cuestiones importantes en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia”.

Explicó que se reformó el artículo 42 con el fin de que la Secretaría de Gobernación, aparte de vigilar, promueva directrices para que los medios de comunicación favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia y promuevan el respeto y la dignidad hacia las mujeres.

Se reformó la fracción II del artículo 45 para que la Secretaría de Educación Pública, además de fomentar una cultura libre de violencia mediante el desarrollo de programas educativos, impulse la comprensión de la maternidad y paternidad libre, responsable e informada, para que sea una cuestión compartida por hombres y mujeres en la cuestión social de la educación de los hijos en contra de la violencia.

Otra de las modificaciones, dijo, responde a una propuesta de actualizar la ley en cuanto a la norma oficial mexicana para capacitar al personal en materia de atención a las víctimas de violencia. Con esto evitaríamos reformar la ley de forma rutinaria para actualizar el nombre y clave de la norma.

En cuanto al artículo 49, se modificó la ley para que las entidades federativas y el Distrito Federal fortalezcan y promuevan la creación de instituciones públicas y privadas que den atención a las víctimas de violencia de género.

Se adicionó una fracción al artículo 52, con el objeto de establecer en la ley que las víctimas de violencia de género no serán obligadas a participar en mecanismos de conciliación con su agresor. De igual forma, en este artículo que habla de los derechos de las víctimas, se establece de forma clara que las mujeres indígenas serán asistidas gratuitamente en todo tiempo por intérpretes y defensores de oficio que tengan conocimiento de su lengua y su cultura, cuestión que en la realidad no se lleva a cabalidad. De ahí la necesidad de incorporarlo en esta ley.

También se adicionó un título respecto de las sanciones y responsabilidades, en el cual se aclara que será causa de responsabilidad administrativa el incumplimiento de esta ley y se sancionará conforme a las leyes en la materia. “Esto es importante incorporarlo para que se acentúe el valor de la ley general y para que se le dé obediencia en los diferentes niveles de gobierno y por parte de todas y todos los involucrados en la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia de género”.

La legisladora resaltó que para la Comisión de Equidad y Género éste es un pequeño paso para seguir impulsando el respeto y la dignidad de las mujeres.

Se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

-- ooOoo --

 
difusión
comunicación
 
Senado | Auditoría Superior de la Federación | Canal del Congreso | Contáctenos