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Boletín N°. 1489 Sólo los mejor capacitados podrán concursar para ser magistrado o juez de distrito

Con 353 votos a favor, 10 en contra y 1 abstención se aprobó un dictamen a la minuta que reforma el artículo 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, para que en el ingreso de magistrados de circuito y jueces de distrito, se aproveche al máximo el potencial humano mejor calificado y preparado.

El propósito es que en los concursos de oposición libre e internos para el ingreso a las categorías de magistrado de circuito y juez de distrito se considere a quienes hayan obtenido las más altas calificaciones, asegurando que el número de los seleccionados sea mayor al de las plazas vacantes.

El Consejo de la Judicatura Federal deberá establecer en la convocatoria respectiva, de manera clara y precisa, los parámetros para definir las más altas calificaciones y el mínimo aprobatorio para esta etapa dentro del concurso de oposición.

Al fundamentar el dictamen, la diputada Alma Carolina Viggiano Austria (PRI) precisó que la reforma es necesaria porque garantiza que en todos los concursos de oposición para la designación de juzgadores federales, pasen a la segunda etapa los aspirantes que obtengan las más altas calificaciones.

Se le permite al Poder Judicial, dijo, seleccionar a las mejores mujeres y a los mejores hombres para el tema de impartición de justicia, ya que es un asunto delicado y que impacta en la vida de los ciudadanos.

Propuso adicionar un párrafo, mismo que se validó y que dice: “En el caso de empate se resolverá con criterio de acción afirmativa de equidad”, esto para darle la posibilidad a esta selección de que cuando haya un empate en calificaciones iguales se decida por quien tenga una condición de desigualdad dado alguna discapacidad o incluso condición de género.

El diputado Jaime Fernando Cárdenas Gracia (PT) se manifestó en contra del dictamen, porque se le da al Consejo de la Judicatura la posibilidad de que discrecionalmente determine cuándo los concursantes pueden pasar a las siguientes etapas, para ocupar la plaza de juez o magistrado.

La propuesta, añadió, no establece un mínimo sino que se deja al Consejo para que este órgano, de manera discrecional, determine los parámetros para definir las más altas calificaciones y el mínimo aprobatorio para esta etapa de concurso de oposición.

Por ello, resaltó, es incorrecta la reforma porque no establece el mínimo de concursantes que deben pasar a la siguiente etapa. “Estamos promoviendo la discrecionalidad en el Consejo para que este, con libérrima actuación, vaya determinando concurso a concurso cuáles son los elementos y parámetros para las siguientes etapas”.

En el documento, se indica que los jueces y magistrados que diriman una controversia planteada deben ser los mejor capacitados, porque la justicia que imparten debe ser pronta, completa e imparcial, ya que sus determinaciones afectan la esfera jurídica de los gobernados.

Por lo que cobra relevancia la reforma planteada al establecer que, de entre el número total de aspirantes tendrán derecho a pasar a la siguiente etapa quienes hayan obtenido las más altas calificaciones, a partir del mínimo determinado por el Consejo de la Judicatura Federal, asegurando que el número de los seleccionados sea mayor al de las plazas vacantes.

Se devolvió al Senado de la República para efectos del inciso E del artículo 72 constitucional.

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